Debido a las intensas lluvias, el Gobierno declaró el estado de emergencia, por 60 días calendario, en 25 distritos de seis provincias del departamento de Arequipa por impacto de daños, para la ejecución de medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación.
El Decreto Supremo 030-2023-PCM, publicado en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que el gobierno regional de Arequipa y los municipios comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) ejecutarán las medidas y acciones de excepción en las zonas afectadas.
Contarán con la participación de los ministerios de Salud; de Educación; de Desarrollo Agrario y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; de Energía y Minas; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Desarrollo e Inclusión Social; del Interior y de Defensa, así como demás instituciones públicas y privadas involucradas.
Las acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
¿Qué distritos están en emergencia?
Los distritos declarados en emergencia son Jacobo Hunter, en la provincia de Arequipa; Jaqui, en la provincia de Caravelí; Aplao, Ayo, Chachas, Chilcaymarca, Huancarqui, Machaguay, Orcopampa, Tipán, Uñón y Viraco, en la provincia de Castilla.
Además, los distritgos de Callalli, Chivay, Coporaque, Ichupampa, Tuti y Yanque, en la provincia de Caylloma; Andaray, Río Grande, Salamanca, Yanaquihua, en la provincia de Condesuyos; Cotahuasi, Quechualla y Tomepampa, en la provincia de La Unión.
Financiamiento
La implementación de las acciones previstas en el decreto supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
La norma lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte; y refrendado por el jefe del Gabinete Ministerial y los ministros de Salud, de Educación, de Desarrollo Agrario y Riego, de Vivienda, de Transportes y Comunicaciones, de Energía y Minas, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de Desarrollo e Inclusión Social, del Interior y de Defensa.
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(FIN) JOT
Publicado: 10/3/2023