Andina

Multarán con más de S/ 1 millón por difundir datos de pacientes covid-19

Susalud aplicará sanción y recomienda a Ipress investigar y sancionar esta falta

Susalud protegerá el derecho de los pacientes Covid - 19 a preservar su intimidad personal y los datos relacionados con su salud.ANDINA/Difusión

Susalud protegerá el derecho de los pacientes Covid - 19 a preservar su intimidad personal y los datos relacionados con su salud.ANDINA/Difusión

18:10 | Lima, abr. 29.

La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) informó que aplicará una multa hasta de S/ 1’290,000 a quien divulgue datos relacionados a la salud de pacientes afectados por el covid-19 atendidos actualmente en los servicios públicos o privados de salud.

El superintendente nacional, Carlos Acosta Saal, explicó que la difusión de fotografías y videos que muestran a personas diagnosticadas, hospitalizadas o fallecidas a causa del covid-19 es una falta grave que debe ser sancionada con el pago de hasta de 300 UIT.

Acosta Saal invocó a los directores de establecimientos de salud a castigar los actos de captación de imágenes que identifiquen dentro de sus centros como la difusión de las mismas, y denunciar los hechos y a sus responsables.


Los directores de los establecimientos de salud en donde se cometa la infracción están obligados a accionar la investigación y sanción de los responsables, sin perjuicio de la intervención que pueda realizar el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, colegios profesionales o procuradores públicos del sector correspondiente.
 
La divulgación de los datos relacionados a la salud de los pacientes constituye una falta grave de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de Susalud, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2014-SA. 

El funcionario explicó que la garantía de este derecho tiene su amparo en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Salud y la norma que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud a proteger su dignidad, intimidad personal y familiar. 


La Ley de Protección de Datos Personales, también regula el adecuado tratamiento de datos personales sensibles a la salud de las personas como el diagnóstico, tratamiento y condición médica que solo pueden ser divulgados con el consentimiento previo de su titular.
 
Acosta Saal reiteró el derecho de los familiares directos a asistir al procedimiento de servicios funerarios de cadáveres con Covid-19 o sospecha del virus, que según directivas pueden ser dos miembros para la cremación o cinco para la inhumación.

Invocó a los medios de comunicación y población en general a respetar la dignidad e intimidad personal del paciente y de sus familiares frente a esta epidemia que ya ocasiona sensible daño a la gente.

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(FIN) NDP/SMS

Publicado: 29/4/2020