Andina

Modifican Impuesto Selectivo al Consumo a cigarrillos de tabaco negro y rubio

Cigarrillos. Foto: AFP

Cigarrillos. Foto: AFP

09:00 | Lima, may. 5.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los cigarrillos de tabaco negro y cigarrillos de tabaco rubio (con partidas arancelarias 2402.20.10.00 y 2402.20.20.00, respectivamente), estableciéndose en 0.18 soles por cigarrillo.

Según el Decreto Supremo Nº 112-2016-EF, publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, de esta manera se modifica el Literal B del Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Asimismo, precisa en su parte considerativa que la modificación debe ser refrendada por el ministro de Economía y Finanzas.

Otras modificaciones
De otro lado, a través de un decreto supremo se dispone la modificación de bienes del nuevo apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

En tal sentido, la partida arancelaria 2710.19.22.10, Residual 6, tendrá un impuesto de 0.68 soles por galón, exceptuando la venta en el país o la importación para Comercializadores de combustibles para embarcaciones que cuenten con la constancia de registro vigente emitida por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas

Además, toma en cuenta la partida arancelaria 2710.19.22.90, los demás fueloils (fuel) el que tendrá un ISC de 0.63 soles por galón.

También, se determina la inclusión de bienes en el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a las antracitas para uso energético (51.72 soles por tonelada) y hulla bituminosa para uso energético y las demás hullas (55.19 soles por tonelada).

(FIN) JCC/JCC 

Publicado: 5/5/2016