La modificación de 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal, a través de la promulgación del Decreto Legislativo N° 1605, tiene como objetivo darle más proactividad, dinamismo y celeridad a las denuncias de un delito realizadas por la ciudadanía ante la Policía Nacional del Perú (PNP).
El director nacional de la Dirección Nacional de Investigación Criminal (Dirnic), general PNP Óscar Arriola, sostuvo además que esta norma no vulnera las competencias del Ministerio Público.
Precisó que la Fiscalía seguirá siendo el titular del proceso de investigación y teniendo a su cargo presentar y sustentar las denuncias ante el Poder Judicial.
“El Ministerio Público continúa siendo el titular del ejercicio de la acción penal, encargado de las pruebas y, además, defensor de la legalidad y representante de la sociedad ante la comisión de cualquier hecho delictivo. Los fiscales tienen la facultad de sostener con argumentos jurídicos todo un trabajo de investigación ante los tribunales del Poder Judicial”, explicó el oficial de la PNP.
El general Arriola también señaló que uno de los beneficios de la norma en mención, promovida por el Poder Ejecutivo en el marco de la delegación de facultades legislativas, es que la Policía Nacional podrá iniciar una investigación preliminar inmediatamente después de formulada una denuncia, sin esperar que la Fiscalía remita una carpeta autorizando y dando pautas de las pesquisas.
“Comunicamos al Ministerio Público inmediatamente la noticia criminal y empezamos a investigar. Nosotros tenemos una formación profesional de investigadores, que llevamos muy arraigado en la institución policial. Ahí tenemos una situación que se ha superado”, indicó la autoridad policial.
El general Óscar Arriola agregó que otro de los puntos resaltantes del Decreto Legislativo N° 1605, es que cuando se produzca un delito que amenace la vida, integridad o libertad de una persona, como, por ejemplo, extorsión o secuestro, la Fiscalía por cuenta propia, o a solicitud de la Policía Nacional, podrá solicitar a un juez el levantamiento del secreto de las comunicaciones o bancario.
El director de la Dirnic señaló que, en este caso, el Poder Judicial tendrá un plazo de 24 horas para dar respuesta a la solicitud fiscal, con el fin de agilizar las investigaciones e identificar a las personas que están detrás de este hecho delictivo que ponga en peligro la vida de los ciudadanos.
Arriola dijo que otra modificación del Nuevo Código Procesal Penal implica que la Policía Nacional puede realizar la tipificación de uno o varios delitos e imputar a los autores o coautores de este hecho criminal.
Explicó que el Ministerio Público tiene la potestad de aprobar o descartar este informe policial, ya que no es un documento vinculante.
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