El Ministerio de Salud (Minsa) informó que ya no será necesario que los trabajadores presenten el resultado de una
prueba molecular o de antígeno ni un certificado de descanso medico para iniciar el aislamiento comunitario ante la presencia de síntomas compatibles con el covid-19.
Mediante un comunicado, el Minsa indicó que todo trabajador con síntomas de covid-19 debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento. Esto de acuerdo con la Disposición 2 de la Directiva Administrativa 321-Minsa/DGIESP-2021, directiva administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.
La nota refiere que para que el trabajador realice el aislamiento en el ámbito comunitario no será necesaria la presentación de un documento que otorgue el descanso médico o el resultado de una prueba molecular o de antígeno, aunque debe comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente.
No obstante, para retornar a laborar sí deberán presentar su constancia de descanso médico.
Opciones
La constancia de descanso médico puede ser expedida mediante las siguientes opciones:
- Llamando a la Línea 113 o las líneas habilitadas por las direcciones regionales de salud (Diresa) o gerencias regionales de salud (Geresa).
- Ingresando al sistema de
https://teleatiendo.minsa.gob.pe/ (en estas dos opciones, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica, en un plazo no mayor a 24 horas).
- Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.
Por último, considerando que Perú se encuentra en la tercera ola pandémica, el Minsa exhortó a los empleadores al cumplimiento de la normativa vigente para evitar la transmisión del covid-19 en el centro laboral.
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(FIN) KGR
GRM
Publicado: 22/1/2022