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Minjusdh: más de 6,000 personas fueron capacitadas en acceso a la información pública

Durante el 2022 realizó 56 charlas

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

11:57 | Lima, ene. 14.

La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Antaip) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) logró capacitar a más de 6,000 personas, entre servidores públicos y funcionarios, en el acceso a la información en las entidades públicas durante el 2022.

En ese sentido, se realizaron 56 charlas, en las que participaron 5,945 personas, entre funcionarios y servidores públicos encargados de atender las solicitudes de acceso a la información pública, responsables de actualizar los Portales de Transparencia Estándar (PTE) de las entidades del Estado, y la ciudadanía interesada en la temática. 
 
Asimismo, desde el 2022 se implementó el curso especializado “Transparencia y acceso a la información pública” que, en sus tres ediciones, capacitó a 292 funcionarios y servidores públicos de ministerios, organismos constitucionales autónomos, organismos públicos, universidades públicas, empresas del Estado, Congreso, Poder Judicial y Ministerio Público.
 
Respecto a las publicaciones, elaboró y presentó al Congreso y a la ciudadanía el informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública del 2021, dando cuenta de más de 240,000 pedidos formulados por los ciudadanos, reportados por 558 entidades estatales. Durante el primer trimestre de este año se elabora el informe correspondiente al 2022.
 
De igual modo, en junio supervisó 519 entidades a escala nacional con el fin de evaluar la adecuación de formularios virtuales para la atención de solicitudes ciudadanas de acceso a la información pública. Se verificó que los mismos no supongan una limitación al ejercicio del derecho por la presencia de requisitos no exigibles por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
 

Publicación de casos


En setiembre, la Antaip presentó un estudio de 49 casos sobre el ejercicio de la potestad sancionadora de las entidades públicas en materia de transparencia y acceso a la información pública, verificando su nivel de eficacia, problemas de diseño normativo y aplicación práctica. 

El estudio aporta recomendaciones para fortalecer el régimen sancionador y dotar a la propia Autoridad de dicha potestad para algunos tipos infractores graves.
 
Finalmente, en diciembre se supervisó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de 296 entidades, para identificar su adecuación al procedimiento administrativo estandarizado de acceso a la información pública, verificando que no se establezcan costos ilegales por la reproducción de la información. 

También se publicó el reporte de supervisión a los Portales de Transparencia Estándar de las entidades de la administración pública (anual 2021 y primer semestre 2022), en el que se dio cuenta de la supervisión a 453 entidades sobre el cumplimiento de alojar en web la información que la ley exige.
 
El 2022 también fue prolífico en la absolución de consultas a entidades y particulares sobre la interpretación y aplicación de la Ley de Transparencia. Se absolvieron 265 consultas por correo electrónico, 71 mediante oficios, 1,973 vía telefónica y 43 a través de documentos formales (opiniones consultivas, informes jurídicos y opiniones técnicas). 
 

Opiniones


Entre las opiniones consultivas relevantes se encuentra la N.° 16, referida a la entrega de copias fedateadas de documentos electrónicos firmados digitalmente en el marco del procedimiento de acceso a la información pública, remarcando la suficiencia de estos para ser considerados documentos auténticos en tanto evidencien los enlaces digitales que así lo acreditan. 

En la Opinión N.° 21, entre tanto, recogiendo las últimas reformas a la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que la solicitud de acceso a información presentada por canales virtuales se tiene por recibida el día en que es remitida, independientemente de la hora de envío y del funcionamiento de la mesa de partes física. Con esta posición se busca dotar de celeridad y predictibilidad a la tramitación de las solicitudes virtuales.  
 
En la Opinión N.° 30 se reafirma la publicidad de cualquier monto percibido por personas que se encuentren al servicio del Estado, independientemente de su régimen de vinculación. Así, se precisa que el pago de dietas de funcionarios públicos debe ser difundido a través del PTE en el enlace de Información Adicional del rubro temático de Personal.
 
Todas las opiniones consultivas, investigaciones y reportes elaborados por la Antaip pueden encontrarse en su página web a la cual se puede acceder a través del siguiente enlace


(FIN) NDP/JCC
GRM

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Publicado: 14/1/2023