El Ministerio de Energía y Minas (Minem) aprobó medidas temporales para facilitar la recuperación, rehabilitación y restablecimiento de la infraestructura eléctrica que resulte afectada por eventos asociados al Fenómeno El Niño 2026-2027, con el objetivo de contribuir a la continuidad del servicio público de electricidad en las zonas declaradas en estado de emergencia.
A través del Decreto Supremo 020-2026-EM se señala que las medidas responden a los riesgos que representan las lluvias intensas, inundaciones, huaycos, deslizamientos y otros eventos climáticos para las instalaciones de generación, transmisión y distribución eléctrica.
De esta manera, el Minem establece un marco temporal para atender las afectaciones ocasionadas por el Fenómeno El Niño 2026-2027 priorizando la recuperación de la infraestructura eléctrica y el restablecimiento de la continuidad del suministro en beneficio de toda la población.
¿En qué casos se activan las medidas?
Las medidas se aplicarán únicamente cuando concurran tres condiciones: que la infraestructura afectada se encuentre en un ámbito geográfico comprendido en una declaratoria de estado de emergencia por el Fenómeno El Niño 2026-2027, que el daño sea consecuencia directa de eventos asociados a este fenómeno y genere interrupciones del servicio o transgresiones a los parámetros de calidad, y que la afectación no sea imputable a la empresa concesionaria o al titular de la instalación.
Asimismo, el Minem establece que estas medidas no eximen a las empresas de sus obligaciones en materia de seguridad de las personas y de las instalaciones, operación segura, atención de emergencias y ejecución de las acciones necesarias para recuperar y restablecer el servicio eléctrico.
Hay que comunicarse con Osinergmin
Para su aplicación, las empresas concesionarias o titulares de las instalaciones deberán comunicar al Osinergmin, con copia a la Dirección General de Electricidad del Minem, el inicio de la afectación a la infraestructura eléctrica dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho, para la verificación correspondiente.
Finalmente, la norma dispone que Osinergmin y el Comité de Operación Económica del Sistema (COES) aprueben, en un plazo máximo de 20 días hábiles desde la entrada en vigencia de la norma, las disposiciones necesarias para su implementación y cumplimiento, según corresponda.
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(FIN) NDP/JJN
Publicado: 23/10/2026