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Mimp: gobiernos regionales y locales deben invertir en ciudadanos con discapacidad

Tienen que destinar el 0.5 % de su presupuesto, según ley

La inversión del 5 % del presupuesto de los gobiernos regionales y locales está establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público en el 2020. Foto: ANDINA/Mimp

La inversión del 5 % del presupuesto de los gobiernos regionales y locales está establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público en el 2020. Foto: ANDINA/Mimp

18:30 | Lima, set. 30.

Una exhortación a las autoridades de los gobiernos regionales y locales a invertir el 0.5 % de su presupuesto institucional a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción formuló hoy el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp).

El presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), Marco Antonio Gamarra La Barrera, explicó que así lo establece el Decreto de Urgencia Nº 014, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el presente ejercicio fiscal 2020.

Recordó que la institución tiene el compromiso de trabajar de manera conjunta con los gobiernos regionales y locales para que las necesidades de los ciudadanos con discapacidad sean atendidos e incluidos plena y efectivamente a la sociedad.

Manifestó que el Conadis busca transparentar la ejecución presupuestal a fin de que se cumplan las metas y objetivos establecidos para mejorar la vida del referido grupo etario.


Personas con discapacidad

El Decreto de Urgencia Nº 014 señala que dicho porcentaje del presupuesto tiene que ser empleado para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben usar las oficinas municipales de atención a la persona con discapacidad (Omaped) y las oficinas regionales de atención a la persona con discapacidad (Oredis).

Ambas deben utilizar la cadena presupuestal aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas, cuya actividad presupuestal es la 5005387-Mejoramiento y Atención a las Personas con Discapacidad.

Asimismo, los gobiernos regionales y locales deberán informar cada año y de forma escrita su ejecución presupuestal ante la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad y la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso y el Conadis, como ente rector del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Sinapedis), según lo previsto en el artículo 73 de la Ley General de la Persona con Discapacidad.

De acuerdo a los artículos 69 y 70 de la Ley General de la Persona con Discapacidad sobre las Oficinas Regionales y Municipales para las personas con Discapacidad, estas cuentan con funciones relacionadas a coordinar y supervisar la ejecución de planes, programas, así como aprobar el presupuesto para la implementación de políticas y planes para la temática discapacidad.

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(FIN) NDP/SMS/JOT

Publicado: 30/9/2020