Las personas extranjeras que tengan multas impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones podrán solicitar la amnistía a partir de martes 2 de mayo, de manera virtual, a través de la Agencia Digital de Migraciones, sin necesidad de acudir a las oficinas de la entidad.
Esta amnistía, aprobada por el Congreso de la República, aplica principalmente a las personas extranjeras con multas por no realizar el trámite de prórroga de residencia o tener exceso de permanencia; además, de aquellas sancionadas por infracciones contenidas en el artículo 56 del
Decreto Legislativo N° 1350.
También es de aplicación para quienes tienen procedimientos en trámite o con fraccionamiento de multa.
El plazo para acogerse a amnistía es de seis meses improrrogables, a partir del martes 2 de mayo.
¿Cómo solicitarla?
La persona extranjera que desee acogerse a la amnistía deberá solicitarla a través de la
Agencia Digital de Migraciones. Una vez concluida la solicitud de acogimiento a la amnistía se remitirá la constancia al correo electrónico previamente declarado.
La solicitud de la amnistía no regulariza la situación migratoria de la persona extranjera, la cual debe realizar o continuar con sus trámites, según su situación migratoria, es decir obtener una calidad migratoria, realizar su prórroga de residencia o solicitar el nuevo CPP, cuando este permiso entre en vigencia.
Más en Andina:
(FIN) NDP/KGR
JRA
Publicado: 30/4/2023