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MEF: se evalúa continuidad del beneficio tributario a Ley del Libro

Este año vencen cuatro beneficios tributarios, afirma el director general de Política de Ingresos Públicos

Libros. Foto: ANDINA/Norman Córdova

Libros. Foto: ANDINA/Norman Córdova

17:01 | Lima, jun. 25.

El beneficio tributario a la Ley del Libro vence este año y está en evaluación su continuidad o un cambio hacia una opción alternativa, informó hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

“Este año vencen cuatro beneficios tributarios, siendo uno de ellos el referente a la Ley del Libro, y se está evaluando si este instrumento es el adecuado para promover el acceso a la lectura. Podría terminar en una prórroga o en un instrumento alternativo”, dijo el director general de Política de Ingresos Públicos del MEF, Marco Camacho.

Esta norma presupone que mejorará el acceso a la lectura porque los precios de los libros serán más baratos por la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV), pero es importante para ello contar con información estadística para saber si cumplió ese fin o no este beneficio, explicó. 

“Hay que generar la manera en la que se pueda tener acceso a información sin violar la reserva (tributaria) y que permita avanzar en estos estudios y por otro lado, que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y los sectores tengan información”, refirió. 

Enfatizó que están en una política de racionalizar exoneraciones y regular la dación de las mismas de manera adecuada y mencionó que los beneficios tributarios alcanzarán los 17,240 millones de soles este año. 

En otro momento, señaló que los beneficios tributarios son gastos especiales porque a diferencia de otros gastos son ciegos. 

“A diferencia de los otros gastos que están en el presupuesto (público) en el que se asigna al sector Transportes 100 millones de soles, por ejemplo, para la carretera de Lima a Ica y sí se tiene claro el destino de los recursos del gobierno”, dijo.

En cambio en un beneficio tributario se reduce la tasa del Impuesto a la Renta (IR) para cierto segmento y no se conoce los sujetos que usan finalmente dicho el beneficio y hay que identificar si existen mecanismos alternativos, agregó.  

A continuación, el funcionario del MEF refirió que se han identificado algunos gastos tributarios que posiblemente son los más notorios y que no están cumpliendo con los objetivos para los que fueron creados.  

El año pasado se trabajó con el Congreso el canje del reintegro tributario y del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación, ambos en la selva, por transferencias a fideicomisos al gobierno regional a fin de que lo use en infraestructura, entre otros, señaló. 

Cuando se observaba el reintegro tributario, unas 10 empresas tenían el 80% de este beneficio, siendo esta medida para que ciertos productos en la selva tuvieran un menor precio, destacó en conferencia de prensa. 

“Ahora estamos viendo la implementación (de modo que) lo que funcionó para San Martin, funcione para Loreto porque si no se puede decir volvamos a tener el beneficio”, dijo.


Código tributario


Se tiene el Código Tributario que dice que un beneficio tributario puede tener vigencia por tres años y que puede prorrogarse por única vez, y que tiene que acompañarse de un estudio técnico sobre los beneficiarios, agregó. “Esto se puede mejorar y en eso estamos”, dijo.  

Esto está en el Código Tributario que tiene el mismo nivel que cualquier ley que emite el Congreso para generar el beneficio (impositivo), entonces esa ley puede hacer caso o no a esta norma general, destacó. 

“Podría ayudar que la ley que regula esos beneficios tributarios tenga un rango mayor que cualquier norma del Congreso. Se podría pensar en una ley con la aprobación de una mayoría calificada”, dijo.  

Finalmente, señaló que en el tramo del Impuesto a la Renta (IR) a personas naturales con inafectación de siete Unidades Impositivas Tributarias (UIT) se encuentra el 80% de las personas que no pagan renta. 


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(FIN) MMG/JJN

Publicado: 25/6/2019