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Más de 6,600 servidores están inhabilitados permanentemente para trabajar en el Estado

Servir detalla cuáles son los delitos penales más comunes

Voceros de Servir señalaron que las entidades públicas son las encargadas de registrar las sanciones en materia disciplinaria. Foto: ANDINA/difusión.

Voceros de Servir señalaron que las entidades públicas son las encargadas de registrar las sanciones en materia disciplinaria. Foto: ANDINA/difusión.

21:46 | Lima, feb. 6.

Un total de 6,655 personas, entre servidores y exservidores civiles, están inhabilitados de manera permanente para trabajar en cualquier entidad pública tras haber sido condenados por diversos delitos establecidos en el Código Penal, informó hoy la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

Del total mencionado, 3,953 están inhabilitados por delitos contra la administración pública y 2,702 por delitos establecidos en la Ley 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas.


Registro de servidores civiles


A la fecha, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC) tiene 11,350 registrados, de los cuales 487 sancionados se encuentran con sanción de suspensión sin goce de remuneración, por lo que pueden seguir laborando para una entidad del Estado; mientras que otros 10,863 no pueden trabajar para el Estado por encontrarse inhabilitados.

El RNSSC es una plataforma electrónica en la que se inscriben las sanciones administrativas disciplinarias impuestas contra los servidores y exservidores civiles; así como las sanciones penales e inhabilitaciones impuestas por el Poder Judicial mediante sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada.

Delitos más comunes


Entre los delitos penales previstos en norma en los que incurren los registrados están, por ejemplo, colusión simple y agravada, peculado doloso, culposo y de uso, malversación; en tanto que respecto de las inhabilitaciones están: privación de la función, cargo o comisión que se ejerza el condenado (así provenga de una elección popular), entre otros, que inhabilitan para el ejercicio de la función pública y cuya inscripción de la condena es obligatoria.

Voceros de Servir señalaron que las entidades públicas son las encargadas de registrar las sanciones en materia disciplinaria, como multas, suspensión, cese temporal, destitución, despido, inhabilitación a un exservidor; independientemente de su régimen laboral; mientras que para las sanciones penales es Servir.

Según explicaron, en el RNSSC existe una diversidad de sanciones, en donde: “la suspensión es una sanción impuesta por un periodo de tiempo determinado; mientras que la inhabilitación, principal o accesoria, impide por un periodo de tiempo el ejercicio de la función pública con la consecuente disolución del vínculo laboral”.

Dato


·         A la fecha, 2,388 entidades públicas cuentan con usuario para registrar las sanciones en el RNSSC. De ellas, 494 pertenecen al gobierno nacional, 527 pertenecen al gobierno regional y 1,367 pertenecen al gobierno local.

·         Para mayor información puede acceder a este enlace web


(FIN) NDP/RRC
GRM

Publicado: 6/2/2023