Desde el 1 de julio de este año, la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) Cusco estableció ciertas prohibiciones para visitantes, turistas, guías de turismo y cualquier otra persona sin importar su condición, durante sus visitas al interior de la llaqta Inca de Machu Picchu. Conozca aquí estas restricciones:
Soportes para cámaras y celulares. La Resolución Ministerial 070-2017-MC, prohíbe el
uso de trípodes, soportes o extensiones para cámaras, celulares o cualquier otro elemento de estabilización o extensión para filmación y/o fotografía en la llaqta de
Machu Picchu. Entre ellos el llamado
'selfie stick' o monopie que se ajusta al teléfono móvil para realizar fotos o videos.
Portar mochilas, bolsas o bolsos de más de 40x35x20 centímetros. Las que excedan de dicho tamaño/capacidad deberán depositarse en el guardarropa, que se ubica en el ingreso a la ciudadela Inca.
Ingresar con alimentos y menaje.
Ingresar con cualquier sustancia ilegal o bajo sus efectos.
Ingresar con cualquier tipo de bebida alcohólica o en estado etílicio.
Ingresar con animales, con excepción de los perros guía cuando sea estrictamente necesario.
Ingresar cu cualquier tipo de aerosoles.
Ingresar con cualquier tipo de instrumento musical, megáfono o parlantes.
Usar aplicativos virtuales con celulares o aparatos móviles en arterias estrechas, senderos y lugares de congestión (se permite el uso de estas tecnologías solo en espacios amplios y áreas de explicación).
Ingresar con tacones o zapatos de planta dura (se permite el ingreso solo con zapatos o zapatillas deportivas de planta suave o de goma).
Acceder con coches de bebé (solo se podrá acceder con mochilas portabebés que no presenten marcos de metal).
Ingresar con objetos punzocortantes y/o armas de cualquier tipo.
Ingresar con banderolas, posters y/o carteles, entre otros objetos de este tipo (el uso de banderines será exclusivo de los guías de turismo con grupos mayores a 5 visitantes y quedará limitado al modelo y dimensiones presentados por la autoridad competente en coordinación con los gremios respectivos.
Causar tumulto, brincar, saltar o generar desorden en el acceso a la llaqta de Machu Picchu y/o en cualquier punto al interior de la misma, esto respecto a la organización y desplazamiento de los grupos de visitantes.
Ingresar con vestimenta destinada a fines publicitarios.
Subirse o apoyarse en los muros y/o estructuras.
Tocar, mover o extraer elementos líticos.
Realizar cualquier tipo de grafiti.
Perturbar, recolectar o extraer flora o fauna nativa y/o elementos culturales.
Realizar actividades que distorsionen el carácter sagrado de la llaqta de Machu Picchu, como desfiles de moda, bailes y compromisos sociales, ceremonias de cualquier índole, ingresar asientos portátiles, entre otros.
Ingresar bastones con punta metálica o dura (se permite el uso de bastones para personas de tercera edad o con incapacidad física evidente, siempre y cuando cuenten con punta de jebe).
Realizar cualquier tipo de actividad que implique el menoscabo o deterioro de la llaqta de Machu Picchu, su ambiente natural y/o instalaciones.
Los actos obscenos contrarios a la moral y a las buenas costumbres.
Desnudarse, disfrazarse, recostarse, correr y/o saltar.
Realizar ruidos fuertes o molestos como aplaudir, gritar, silbar, cantar, entre otros, porque perturban la tranquilidad y el carácter sagrado de la llaqta de Machu Picchu.
Fumar o vapear.
Realizar cualquier tipo de fuego.
Arrojar residuos de cualquier tipo.
No respetar los circuitos y rutas establecidas.
El comercio ambulatorio al interior de la llaqta de Machu Picchu y espacios aledaños hasta el puente Ruinas.
Alimentar a los animales domésticos y silvestres de la llaqta de Machu Picchu.
Realizar sobrevuelos con parapentes, drones o cualquier tipo de nave menor.
Realizar filmaciones o fotografías con fines publicitarios o en lugares de alto riesgo.
El ingreso ilegal a la llaqta de Machu Picchu por ingresos o rutas no permitidas.
Por último, el reglamento precisa que el incumplimiento determinará la expulsión de la llaqcta de Machu Picchu sin derecho a devolución del importe del boleto de ingreso. La DDC Cusco, bajo criterios objetivos y considerando la gravedad de la infracción, iniciará las acciones legales correspondientes.
(FIN) RFA/MAO
JRA
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Publicado: 3/7/2017