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Loreto: nueva área de conservación privada ayudará a proteger el medioambiente

Se ubica en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas

El área de conservación privada “Fundo San Isidro El Labrador” se ubica en el distrito de San Juan Bautista, región Loreto. ANDINA/Difusión

El área de conservación privada “Fundo San Isidro El Labrador” se ubica en el distrito de San Juan Bautista, región Loreto. ANDINA/Difusión

08:58 | Lima, ene. 20.

El Ministerio del Ambiente (Minam) reconoció el área de conservación privada “Fundo San Isidro El Labrador”, ubicada en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas, región Loreto, que favorecerá la protección ambiental en la región.

Así lo informó la Resolución Ministerial N° 018-2020-MINAM publicada hoy por el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que precisa que este reconocimiento de 25 años.



El área de conservación privada tiene un área total de 23.3570 hectáreas. El predio pertenece a Genaro Alberto Suárez Lorca y Juana Olinda Reátegui de Suarez, y se ubica en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas, región Loreto.

Según la norma, el objetivo general del área de conservación privada “Fundo San Isidro El Labrador” es conservar las especies de flora y fauna silvestre existentes en la ruta Iquitos-Nauta, contribuyendo a la conservación de los recursos naturales con la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana y la Reserva Nacional Pacaya Samiria; de acuerdo a lo consignado en su Ficha Técnica.

Agrega que las obligaciones que se derivan del reconocimiento de la citada Área de Conservación Privada son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte de los propietarios de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante la vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo.

Durante el periodo de reconocimiento los propietarios del área de conservación privada deberán cumplir con usar el predio para los fines de conservación por los cuales ha sido reconocido.

Brindar al representante del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (Sernanp), o a quien éste designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del área de conservación privada.


Cumplir con el Plan Maestro, el mismo que tiene una vigencia de cinco años renovables. También presentar al Sernanp un Informe Anual de avances respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro.

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(FIN) MAO

Publicado: 20/1/2020