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Ley para ubicar a presuntos delincuentes por celulares no vulnera la Constitución

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15:34 | Lima, jul. 30.

La ley que permite conocer la ubicación de personas comprometidas en actos delitos, conocido como "geolocalización", no vulnera derechos constitucionales y tiene los niveles de control proporcionales a la medida, refirió hoy el abogado Roberto Pereira, experto en temas de comunicación.

Explicó que si bien la inviolabilidad de las comunicaciones es un derecho complejo, que  le da un alto valor de protección al contenido de la comunicación, tiene aspectos periféricos como el tráfico de llamadas, las hora y la duración de la misma a la que se pueden acceder en determinados casos.

Precisó que la norma, dada por el Ejecutivo al amparo de las facultades en seguridad ciudadana, establece como supuesto habilitantes para obtener esos datos el concepto de flagrancia delictiva que, en su opinión, debilita los niveles de protección de este derecho.

Ello, porque estamos ante la comisión de un delito que requiere de la actuación inmediata para evitar que se siga consumando, perpetrando, o evitar sus efectos negativos en el tiempo.

Puso  como ejemplo que también que en casos de flagrancia delictiva decae la protección de derechos como a la libertad personal  e inviolabilidad de domicilio protegidos por la Constitución, dado que lo que se persigue implica la vulneración de otros derechos que deben ser atendidos.

"Desde el punto constitucional no resiste ninguna problema (la ley), descarto que tenga problemas constitucionales", indicó en Exitosa Radio.

Pereira, abogado del Instituto de Prensa y Sociedad (Ipys), refirió también que la norma tiene controles como la verificación de la flagrancia y que el delito que se persigue a través de esta medida tenga una pena superior a los cuatro años.

"Eso nos pone en el umbral de un delito grave, no cualquiera puede pedir esta medida, la Policía debe explicar por qué resulta necesario,  no se recure como primera medida y se comunica al fiscal, que hace el control de la legalidad dentro de las 24 horas", afirmó.

Destacó, asimismo, que sea una unidad especial de la Policía la solicite y administre la información que se obtenga con esta medida y la que haga el control policial de la misma, lo que implica que tendrán que comunicar al juez para que determine la validez la medida.

Si el juez considera que no es válida la medida, según dijo, la anula y toda la información deberá ser destruida y no podrá ser usada en contra la personas afectada con la medida.

"Los niveles de control son adecuados, proporcionales al tipo de medida y a la gravedad del hecho que se pretende combatir", apuntó.

(FIN) FHG


Publicado: 30/7/2015