El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) desestimó la candidatura a la reelección del alcalde de la provincia de Purús, Ucayali, Domingo Ríos, en aplicación del mandato constitucional que prohíbe que los burgomaestres sean elegidos en períodos consecutivos.
De esta manera, se declaró infundada la apelación del personero legal del movimiento regional Ucayali Región con Futuro, Julio René Vásquez Ríos, contra la resolución de
l Jurado Electoral Especial (JEE) de Coronel Portillo que se pronunció por la improcedencia de dicha candidatura.
La resolución de la máxima autoridad electoral se sustenta en la Ley de reforma constitucional N° 30305 que modifica los artículos 191, 194 y 203 de la Carta Magna. Dicha norma, se encuentra vigente desde el 11 de marzo de 2015 y es de aplicación en el presente proceso electoral.
Se indica, además, que lo resuelto constituye pauta de interpretación que los Jurados Electorales Especiales (JEE) tendrán en cuenta al momento calificar las solicitudes de inscripción de candidatos que se encuentran en la misma condición.
Cabe señalar que es atribución del Pleno del JNE establecer precedentes que tengan carácter vinculante a efectos de resguardar la seguridad jurídica y la predictibilidad en los procesos electorales.
La resolución del
Pleno del JNE se emite a escasas horas de haberse revisado el expediente de este caso en audiencia pública, en la que estuvieron presentes las partes procesales.
El colegiado electoral fue presidido por Víctor Ticona Postigo e integrado por Raúl Chanamé Orbe, Ezequiel Chávarry Correa y Jorge Rodríguez Vélez.
(FIN) NDP/JCR/CVC
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Publicado: 27/6/2018