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JNE publica resoluciones sobre recursos de apelación de actas electorales

Foto: ANDINA.

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08:39 | Lima, jul. 10.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó dos resoluciones sobre recursos de apelación de actas electorales interpuestas por los personeros legales de Fuerza Popular (FP), en el marco de la segunda vuelta de las elecciones generales del 2021.

Las resoluciones, publicadas en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, cuentan con las firmas de los integrantes del pleno del máximo organismo electoral.

La primera Resolución 0710-2021-JNE declaró improcedente el pedido de solicitar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales "el padrón o lista de electores de la mesa de sufragio", presentado por Milagros Takayama Jiménez, personera legal nacional titular de la Fuerza Popular. 


El JNE declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por Takayama y confirmó la Resolución 01362-2021-JEE-MOYO/JNE, del 13 de junio del 2021, emitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, que declaró infundada la solicitud de nulidad de la votación realizada en la Mesa de Sufragio 073927, del distrito de San Pablo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín.

La segunda Resolución 0724-2021-JNE declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por Takayama y, en consecuencia, confirma la Resolución 01080-2021-JEE-HVCA/JNE, del 18 de junio del 2021, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, que declaró infundada la solicitud de nulidad de la votación efectuada en la Mesa de Sufragio 017574, del distrito de Aurahua, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica.

En el caso de ambas resoluciones, se dispone remitir al Ministerio Público el informe pericial, presentado por la organización política apelante, así como los actuados pertinentes.

La aprobación de las resoluciones cuenta con la firma del presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, y los integrantes del pleno, Jovián Sanjinez y Jorge Rodríguez; mientras que el voto en minoría es de Víctor Rodríguez Monteza.


(FIN) JCC/VVS
GRM

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Publicado: 10/7/2021