JNE: primeros regidores que ejercieron alcaldía en periodo anterior no serán proclamados

ANDINA/Difusión

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21:13 | Lima, nov. 6.

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), acordó no otorgar las credenciales de alcalde a los candidatos que postularon a primer regidor y que ocuparon dicho cargo en el período anterior. Ello tras revisar de oficio las proclamaciones de resultados expedidas por los Jurados Electorales Especiales (JEE) en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

En una conferencia, la secretaria general del JNE, Yessica Clavijo Chipoco, aclaró que el organismo electoral vela por el cumplimiento de la Constitución Política, que establece que no puede ocupar nuevamente el cargo de alcalde o alcaldesa una persona que ya lo hizo en la gestión inmediata anterior.

Precisó que en esta primera resolución del pleno del JNE se han identificado seis casos tras revisar un primer grupo de 427 casos de proclamaciones de JEE.


"Velando por lo que establece la Constitución, en aquellos casos en los cuales el primer o la primera regidora haya ejercido el cargo de alcalde o alcaldesa en el periodo inmediato anterior, no será proclamado ni recibirá las credenciales para esta nueva gestión", indicó. "Asumirá el cargo la siguiente persona: regidor hábil de la lista", agregó.

Además, la funcionaria del JNE señaló que el regidor o la primera regidora tampoco podrá asumir el cargo de alcalde o alcaldesa bajo la figura de sucesión ante una eventual suspensión o vacancia a partir del año 2027, ni postular, habiendo asumido el cargo en las siguientes elecciones de 2030.

"Estos lineamientos se han establecido en esta resolución, que va a ser publicada, va a ser notificada a los Jurados Electorales Especiales, se van a hacer las rectificaciones de los seis casos que se han contenido en esta primera resolución y las siguientes resoluciones que tengan esta casuística también van a ser analizadas por el Jurado Nacional de Elecciones y se harán las rectificaciones que el caso amerita", dijo.

La secretaria general del JNE dejó en claro que los Jurados Electorales Especiales administran justicia en primera instancia con autonomía y recordó que sus pronunciamientos pueden ser apelados y revisados de oficio por el organismo electoral.

"Si hay algún pronunciamiento que se contraponga a los lineamientos ya establecidos y que además, reitero, son en pleno cumplimiento de lo que la Constitución manda, se emitirán las rectificaciones y el mandato de la rectificación correspondiente. Los pronunciamientos del Jurado son en última instancia y no son apelables", remarcó.

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Publicado: 6/11/2026