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Investigación archivada por el Congreso contra ex CNM afectó extradición de Hinostroza

Justicia española advierte sobre contradicción en imputar delito de organización criminal solo a ex juez supremo

ANDINA/Héctor Vinces

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11:44 | Lima, may. 13.

La decisión de pleno del Congreso de no acusar a los ex miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por el delito de organización criminal influyó en la decisión de la Audiencia Nacional de España de no conceder la extradición del ex juez César Hinostroza por esa infracción.

Así se desprende de la comunicación emitida esta mañana por el Poder Judicial de España.

Esta mañana se difundió la resolución de la justicia española que aceptó extraditar al Perú al ex juez supremo por los delitos de patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible, pero no por el de organización criminal. 

El mencionado documento refiere que en el reclamo peruano a Hinostroza se le imputa ser el líder de una organización criminal y a los ex consejeros como los que cumplían la función de nombrar y ratificar magistrados, pero que el Pleno del Congreso peruano sólo aprobó la imputación por el delito de organización criminal al ex juez, archivándose para el resto de investigados.

Por ello, la Audiencia Nacional de España concluye: “parece que el reclamado sería el jefe de una organización sin miembros”.


Se indica que la mayor parte de los indicios en los que se basan los hechos de la imputación de la organización criminal se basan en conversaciones entre el reclamado (Hinostroza) y aquellos a los cuales el Parlamento ha archivado las actuaciones por ese delito.

“Lo cual produce una suerte de contradicción que impide que podamos considerar que los hechos a los que se refiere la imputación del delito de organización criminal puedan superar un mínimo de tipicidad en nuestro tipo penal”, precisa la resolución.

La Sala cuestiona también los elementos para identificar a una organización criminal expuestos en la demanda de extradición. 

“No parece que tales notas identifiquen una auténtica organización criminal, más allá de la familiaridad con la que se trataban los implicados, lógica habida cuenta la amistad que existía entre ellos y que obviamente pueden ser el origen del prevalimiento en el tráfico de influencias, pero nada más”, señala. 

El 4 de octubre del año pasado, el pleno del Congreso de la República decidió no acusar por el delito de organización criminal a los ex miembros del CNM, Iván Noguera, Julio Gutiérrez Pebe, Guido Aguila y Orlando Velásquez.

(FIN) RMCH/CVC

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Publicado: 13/5/2019