El Ejecutivo autorizó hoy la incorporación de más de 66.7 millones de soles a través de créditos suplementarios a favor del sector vivienda, a fin de comprar equipamiento especializado para atender las inundaciones.
Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 018-2024-EF, publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales
El Decreto Supremo autoriza los créditos suplementarios a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024.
De esta manera, la norma en su primer artículo autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de 27 millones 886,208 soles, a favor del MVCS, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los Saldos Estimados de Libre Disponibilidad de Recursos Ordinarios del año fiscal 2023.
Estos recursos tienen por finalidad garantizar la continuidad de la contratación de seguros y adquisición de camiones cisternas del Programa Nacional de Saneamiento Rural.
También para garantizar la continuidad de la contratación de 17 servicios de habilitación temporal de Sistemas Alternativos para la Recolección y Evacuación de agua de lluvia en zonas urbanas - SARE en los departamentos de La Libertad, Lambayeque y Piura, del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
Asimismo, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de 38 millones 837,783 soles, a favor del pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los Saldos Estimados de Libre Disponibilidad de Recursos Ordinarios del año fiscal 2023.
Estos recursos están destinados para garantizar la continuidad de contrataciones para la adquisición de 7 camiones hidrojets, 7 grupos electrógenos y 14 máquinas de balde.
Las acciones que se ejecuten con cargo a los recursos incorporados en el marco del presente Decreto Supremo se sujetan al Sistema Nacional de Control y a las acciones de supervisión a cargo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en el marco de sus competencias.
Los recursos del Crédito Suplementario del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.
La norma tiene la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; del ministro de Economía y Finanzas, José Arista Arbildo; y de la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hania Pérez de Cuéllar.
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(FIN) MDV / MDV
Publicado: 28/2/2024