El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso implementar el proyecto de mesa de partes electrónicas y digitalización de expedientes físicos con objeto de brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces y servidores jurisdiccionales, así como facilitar información al público sobre procesos judiciales.
La propuesta presentada por el consejero Héctor Lama More permitirá el ingreso de escritos y denuncias de las diferentes especialidades a través del portal de la Mesa de Partes Electrónica (MPE).
Como se recuerda, en la actualidad la Mesa de Partes Electrónica solo está habilitada para el Expediente Judicial Electrónico (EJE), lo cual reduce de manera sustancial el ingreso de documentos por ventanillas.
El uso de la Mesa de Partes Electrónica también será para los expedientes físicos (tramitados en soporte papel), nueva opción judicial que permitirá el acceso de todo tipo de escritos o documentos en general al EJE y al expediente físico.
Para el caso del EJE, la MPE valida la entrega de demandas y documentos en general, con sus anexos, tengan firma digital y los anexos estén digitalizados o escaneados, los cuales junto a las resoluciones judiciales emitidas, así como todas las actuaciones judiciales, conforman el expediente judicial que son conservados en los repositorios electrónicos del Poder Judicial.
El juez, los auxiliares jurisdiccionales, las partes y sus abogados así como terceros legitimados, pueden acceder a él de forma virtual a través del aplicativo electrónico denominado Visor.
Respecto a los expedientes físicos no-EJE, mientras dure la emergencia sanitaria y no sea un requisito de recepción la presencia de la firma digital, los escritos presentados deberán ser escaneados y guardados en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) para su visualización por el juez desde su domicilio.
Esta recomendación tiene por objeto poder brindar una mayor cobertura a los litigantes ya que no todos cuentan con el certificado digital.
Así, para los fines de la formación del expediente respectivo (que continuará siendo físico), lo recibido en la Mesa de Partes Electrónica sin firma digital, deberá imprimir, coser y foliar, respetando la presentación secuencial en el tiempo.
Levantada la emergencia sanitaria o cuando así lo disponga el CEPJ, tales documentos deberán ser validados por la parte o su abogado, constituyéndose personalmente al local del órgano jurisdiccional respectivo.
Además, para los fines de la habilitación de un trabajo de los jueces y auxiliares desde sus domicilios, debe procederse a la digitalización de los expedientes físicos o con soporte papel y subirlos a un repositorio de tal manera que el magistrado pueda verlos.
Para ese fin, el órgano de gestión del Poder Judicial dispuso además que Comisión del Expediente Judicial Electrónico y la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, brinden el apoyo técnico requerido.
Es atribución del CEPJ emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia
(FIN) NDP/RMCH
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Publicado: 8/5/2020