El Gobierno
publicó el protocolo que precisa la actuación de cada uno de los sectores e instituciones del Estado para proteger y atender a las mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia y que sepan que no están solas ni solos, informó el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
“La policía, el personal médico, los jueces, fiscales… todos estamos en la obligación de dar un trato respetuoso e integral a las víctimas de la violencia. Cerremos filas contra el maltrato”, señaló Montenegro Figueroa.
Esta herramienta establece un procedimiento claro sobre cómo dar cumplimiento a las medidas de protección.
Precisa, por ejemplo, que los efectivos de la Policía Nacional del Perú deben verificar el domicilio de las víctimas e informar de las medidas de protección otorgadas; así como coordinar con los juzgados de paz y las autoridades comunales en las zonas más alejadas con débil presencia del sistema de justicia ordinario.
El objetivo principal es proteger a las mujeres e
integrantes del grupo familiar que cuenten con estas medidas, y prevenir que sean vulneradas por sus agresores.
Asimismo, el protocolo establece que los centros de salud que reciban a una mujer o integrante del grupo familiar que ha sido víctima de violencia, deben denunciarlo y brindar orientación e información a la persona sobre las medidas de protección que puede recibir para garantizar su integridad.
Otro de los aspectos que destaca el protocolo está vinculado al trato diferenciado y especializado hacia las víctimas, que deberá priorizar la empatía y la celeridad.
Por ejemplo, si la víctima es una niña, un niño o adolescente, debe tomarse en cuenta su opinión; además de asistirlo/a en otras necesidades que puedan ser urgentes. En caso el presunto agresor sea un familiar, este no deberá permanecer junto a su víctima.
En los casos donde las víctimas sean personas adultas mayores o presenten alguna discapacidad, se enfatiza el trato directo prioritario con la víctima y no únicamente con sus acompañantes.
Asimismo, cualquier víctima que se encuentre en desprotección deberá recibir apoyo para contactarse con sus parientes o familiares, si fueran migrantes se establecerá diálogo con las embajadas o consulados, según corresponda.
Asimismo, las personas LGTB deberán recibir un trato adecuado y sin discriminación, respetándose la identidad y nombre con el que la persona se identifica.
Si las víctimas forman parte de pueblos indígenas, el protocolo estipula que los centros o servicios de ayuda deberán proporcionarse en la lengua originaria, y ajustar sus horarios de atención a los usos y costumbres de estas poblaciones.
El
Decreto Supremo N° 012-2019-MIMP, publicado en el diario oficial El Peruano lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra; así como de los titulares del MIMP, Gloria Montenegro; Justicia y Derechos Humanos, Vicente Zeballos; Educación, Flor Pablo; Salud, Zulema Tomás; y del Interior, Carlos Morán.
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(FIN) NDP/LIT
Publicado: 11/5/2019