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Gobierno prorroga emergencia en Madre de Dios para continuar lucha contra minería ilegal

Gobierno prorroga el estado de emergencia en seis distritos de Madre de Dios para continuar lucha contra la minería ilegal. ANDINA/Difusión

Gobierno prorroga el estado de emergencia en seis distritos de Madre de Dios para continuar lucha contra la minería ilegal. ANDINA/Difusión

12:12 | Lima, jun. 6.

El Gobierno prorrogó el estado de emergencia en seis distritos de la región Madre de Dios, como parte de las acciones para enfrentar la minería ilegal y delitos conexos a este flagelo.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 111-2021-PCM publicado hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano que precisa que la medida rige en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, en la provincia de Tambopata; y Madre de Dios y Huepetuhe, ubicado en la provincia de Manu.


En los considerandos de la norma, se señala que la medida se adopta a solicitud de la Policía Nacional, que mediante oficio N° 480-2021-CG PNP/SEC, recomienda que se gestione la prórroga de los estados de emergencia, a fin de continuar con la erradicación del crimen organizado, proteger y garantizar el orden interno y el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas.

Detalla, asimismo, sobre la problemática generada por la minería ilegal y delitos conexos a esta, en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios.

La medida regirá por 45 días calendario, contados a partir del 8 de junio de 2021. Agregó que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Indica, asimismo, que durante la prórroga del estado de emergencia a que se refiere el artículo precedente y en las circunscripciones señaladas, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Con respecto a la implementación de las acciones previstas en esta norma, precisa que se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.



El D.S. lleva la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti; y es refrendada por la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; y por los ministros del Interior, José Elice; Defensa, Nuria Esparch; y de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Vega.

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Publicado: 6/6/2021