Gobierno nombra embajadores del Perú concurrentes en Lituania, Letonia, Armenia e Islandia

ANDINA/Daniel Bracamonte

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16:05 | Lima, may. 7.

El Poder Ejecutivo oficializó el nombramiento de embajadores del Perú para ejercer funciones concurrentes en Lituania, Letonia, Armenia e Islandia, mediante cuatro resoluciones supremas publicadas hoy en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano.

Las designaciones fueron efectuadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y establecen representaciones diplomáticas simultáneas con residencia en Finlandia, Rusia y Noruega. 

Como es de conocimiento, los embajadores concurrentes son representantes acreditados ante dos o más países, manteniendo residencia permanente en uno de ellos y realizando misiones periódicas en los demás Estados donde ejercen funciones diplomáticas.


Nombramientos

De acuerdo con la 
R.S. N.° 070-2026-RE
, el embajador del Perú en Finlandia, Jorge Renato Reyes Tagle, fue nombrado simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante la República de Lituania, con residencia en Helsinki.

Asimismo, mediante la 
R.S. N.° 071-2026-RE
, el mismo diplomático Reyes Tagle fue designado concurrentemente como representante peruano ante la República de Letonia, también con sede en Helsinki, Finlandia.

En tanto, se designó al embajador del Perú en la Federación de Rusia, Manuel Augusto De Cossío Klüver, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante la República de Armenia, con residencia en Moscú, a través de la 
R.S. N.° 072-2026-RE
.

Por su parte, la 
R.S. N.° 073-2026-RE
 nombró al embajador peruano en el Reino de Noruega, Rolando Javier Ruiz Rosas Cateriano, como representante diplomático concurrente ante Islandia, con residencia en Oslo.

Cartas credenciales

Las resoluciones supremas disponen, además, la extensión de las respectivas Cartas Credenciales y Plenos Poderes, documentos que formalizan la representación diplomática del Estado peruano ante otros países.

Según el artículo 118 de la Constitución Política, el nombramiento de embajadores extraordinarios y plenipotenciarios corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros y dando cuenta al Congreso.

(FIN) ETA/RMCH

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Publicado: 7/5/2026