Andina

Gobierno modifica grado de obesidad para que trabajadores retornen a laborar

No obstante, restricciones a personas con enfermedades crónicas se mantienen

Ministra de la Producción, Rocío Barrios. ANDINA/Vidal Tarqui

Ministra de la Producción, Rocío Barrios. ANDINA/Vidal Tarqui

22:24 | Lima, may. 8.

La ministra de la Producción, Rocío Barrios, comentó que la Resolución Ministerial N° 265-2020-Minsa, publicada hoy y que modifica el documento técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Covid-19”, cambia el grado de obesidad de los trabajadores que pueden retornar a sus centros de labores.

“El cambio que ha habido es básicamente en el tema de la obesidad, hasta hace unos días se consideraba como factor de riesgo la obesidad 1, y ahora hemos pasado a la obesidad 3. Eso no quiere decir que no se tengan que tomar medidas con el tema de la obesidad 1 y 2”, explicó en TV Perú.

Cabe indicar que la obesidad 1 es cuando el Índice de Masa Corporal es de 30 a 34.9. Luego vienen obesidad 2 (IMC de 35 a 39.9) y obesidad 3 (IMC igual o mayor a 40).

“Esto quiere decir que las personas tenemos que mitigar ese riesgo, obviamente con una buena nutrición, con una costumbre de hacer ejercicios, de tener una vida sana para poder salir de ese grupo de riesgo”, dijo la ministra.

Rocío Barrios enfatizó que, en las consideraciones para el regreso o reincorporación al centro de trabajo, se mantienen los factores de riesgo para el Covid-19 establecidos inicialmente.

“Las otras condiciones se mantienen como enfermedades mórbidas que ponen en riesgo a la persona frente a un contagio de Covid-19 y, por lo tanto, no podría laborar si tiene alguna de esas condiciones”, manifestó.

El documento señala los siguientes factores de riesgo: edad mayor de 60 años, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes, asma, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica y enfermedad o tratamiento inmunosupresor.


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(FIN) CNA

Publicado: 8/5/2020