Mediante el Decreto de Urgencia 002-2023, el Gobierno destinó más de 98 millones de soles al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) para financiar la atención alimentaria complementaria en favor de las ollas comunes, a escala nacional.
Con esta medida, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023, se estima beneficiar a 3,355 ollas comunes que atienden a 224,438 usuarios diariamente. El Midis, mediante el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, realizará la adquisición de alimentos para su distribución a las organizaciones sociales de base.
Los alimentos adquiridos por el programa nacional serán entregados en los almacenes o puntos que determinen los gobiernos locales, que serán los responsables de la adecuada y oportuna distribución.
El decreto de urgencia tiene como objeto disponer de manera excepcional medidas extraordinarias, que contribuyan la atención de las personas en situación de pobreza y/o vulnerabilidad, auto organizadas en ollas comunes, a fin de mitigar los efectos del continuo y persistente incremento de precios en la canasta básica de alimentos.
En ese sentido, a través del mismo decreto, el Poder Ejecutivo autorizó al Midis otorgar, de forma excepcional, una subvención adicional extraordinaria de S/ 200, S/ 250 y S/ 300, a favor de las personas pobres y/o pobres extremas, usuarias de los programas sociales Juntos, Pensión 65 y Contigo, respectivamente, para mitigar los efectos del aumento de precios en la canasta básica de alimentos.
La norma señala que la subvención adicional extraordinaria se otorgará a las 1.4 millones de personas usuarias de los programas sociales Juntos, Pensión 65 y Contigo que perciban las subvenciones correspondientes de los citados programas a diciembre del 2022. Para dicha entrega, el Poder Ejecutivo autorizó una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2023, hasta por la suma de S/329 millones, a favor del Midis para financiar el otorgamiento de la subvención adicional extraordinaria.
El Midis es responsable de la adecuada implementación del otorgamiento de la subvención adicional extraordinaria, así como del uso y destino de los recursos comprendidos. Además, se precisa que los recursos que se transfieran en el marco del presente decreto de urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos de aquellos para los cuales son transferidos.
(FIN) NDP/LZD