La Contraloría General de la República evidenció un perjuicio económico por cerca de 900 mil soles en contra de la Municipalidad Provincial de Arequipa, respecto a la licitación para la construcción del Viaducto Salaverry.
Asimismo, identificó presunta responsabilidad administrativa y penal en 18 funcionarios y servidores públicos de la entidad, entre los cuales se encuentra el exalcalde y 12 actuales regidores.
El hecho se encuentra detallado en el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 859-2018-CG/GRAR-AC, emitido el 18 de agosto de 2018 y notificado por la Contraloría General, el 5 de octubre de 2018.
También ha sido remitido al Órgano Instructor competente y a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General para el inicio del procedimiento administrativo sancionador, así como las acciones legales que correspondan respecto a los funcionarios y servidores señalados en el documento.
La materia examinada en la auditoría corresponde a la legalidad de la suscripción del Convenio de Cooperación Institucional entre la Municipalidad Provincial de Arequipa y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la contratación del ejecutor de obra del subproyecto “Construcción del Viaducto Salaverry-Malecón Socabaya”, que tiene una inversión de S/ 83´673,245.84.
Observación de la Contraloría General
El convenio con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para efectuar proceso de selección se realizó al margen de la normativa de contrataciones del Estado, lo que generó que la Municipalidad Provincial de Arequipa asuma obligación de pagar S/ 836,732.46, observó la Contraloría.
El convenio fue suscrito el 26 de mayo del 2017 sin haberse acreditado la complejidad o carácter altamente especializado del proceso de selección a realizarse, que demuestre que la entidad no estaba en condiciones de realizarlo.
Además, no se sustentaron las ventajas y conveniencias en la suscripción de un convenio de esta naturaleza. A esa fecha, tampoco existían los lineamientos y criterios que debían ser emitidos de manera previa por el Ministerio de Economía y Finanzas para este tipo de encargos.
Recomendaciones
Se recomendó poner en conocimiento del pleno del Concejo Municipal de Arequipa el contenido del informe, a fin que en relación a las deficiencias detectadas y la responsabilidad administrativa funcional identificada a funcionarios públicos elegidos por votación popular, adopte los acuerdos y/o acciones que correspondan en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; acto que deberá constar en el acta de sesión de concejo convocada para dicho efecto.
Además, disponer que la Municipalidad Provincial de Arequipa inicie las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios de la comuna, comprendidos en la observación revelada en el informe, teniendo en consideración que su inconducta funcional no se encuentra sujeta a la potestad sancionadora de la
Contraloría General.
Otra recomendación indica que se debe cautelar que los funcionarios y servidores de la entidad apliquen los lineamientos y criterios para el encargo de procedimientos de selección a organismos internacionales, establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Resolución Ministerial N° 495-2017- EF/15; la cual regula las condiciones, requisitos y procedimientos que se debe tener en cuenta para realizar encargos a organismos internacionales.
La presente acción de cumplimiento forma parte de las denuncias formuladas por la sociedad civil durante la visita de supervisión que realizó el contralor general, Nelson Shack, en octubre del 2017, donde se comprometió su realización.
Dato
El convenio entre la Municipalidad Provincial de Arequipa y la Organización Internacional para las Migraciones fue anulado unilateralmente por la comuna, pero la entidad internacional exige el pago de los más de 836 mil soles por el trabajo realizado en la licitación.
(FIN) NDP/TMC
Publicado: 9/11/2018