El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha del país. Conoce a continuación cuáles son los de mayor relevancia hoy.
MINISTERIO DEL INTERIOR
El Ministerio del Interior aprobó la “Lista de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP)”, con la participación de personal especializado de la Dirección de Investigación Criminal y de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú; así como de la Dirección General contra el Crimen Organizado, teniendo como referencia para su formulación, la clasificación contenida en el “Programa Mundial Smart” de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc).
Por tanto, se dispuso la publicación de la citada lista en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en las sedes digitales del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y de la Policía Nacional del Perú (www.gob.pe/pnp).
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó la guía “Criterios Generales de Diseño Arquitectónico para los Centros de Acogida Residencial para Personas con Discapacidad”.
Este documento orientador tiene como objeto brindar disposiciones para estandarizar conceptos y criterios técnicos en el diseño arquitectónico de la infraestructura de los centros de acogida residencial (CAR) especializados para niñas, niños y adolescentes con necesidades de apoyo complejas-Discapacidad y para los centros de acogida residencial (CAR) especializados para personas adultas con discapacidad con necesidades de apoyo complejas, con la finalidad de contribuir a un adecuado dimensionamiento y planteamiento arquitectónico de sus infraestructuras.
La Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado portafolio realizará las acciones para la difusión y asistencia técnica a las entidades públicas para la implementación de la mencionada guía.
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
El Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar
se encargará también de sistematizar, analizar, articular y publicar en el portal web, la información recibida de los programas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) y organismos públicos adscritos a este portafolio; para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, priorizando de forma especial la violencia de las personas que se encuentran en condición de mayor vulnerabilidad.
Esto en aplicación de la Resolución Ministerial 000322-2026-Mimp que modifica los “Lineamientos para el funcionamiento del Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar”, aprobados mediante Resolución Ministerial 027-2025-Mimp.
De esta manera, se precisa que la información proporcionada por el Mimp para el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, como integrante del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, incluirá la proporcionada por sus programas y organismos públicos adscritos.
Para tal efecto, se dispone que los programas y organismos públicos adscritos al Mimp deberán suministrar obligatoriamente la información que solicite el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
MINISTERIO DE SALUD
Crean grupo de trabajo sectorial con el objeto de proponer el documento normativo para la implementación de la gestión por procesos en los hospitales e institutos nacionales especializados. Resolución Ministerial 577-2026/Minsa
El Ministerio de Salud (Minsa) creó el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente de este portafolio con el objeto de proponer el documento normativo para la implementación de la gestión por procesos en los hospitales e institutos nacionales especializados.
Este grupo de trabajo sectorial estará presidido por un representante de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de dicho portafolio y contará con una secretaría técnica.
El representante titular y el alterno de las entidades que integrarán el grupo de trabajo sectorial se acreditarán mediante documento dirigido a la secretaría técnica, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la citada resolución ministerial.
El grupo de trabajo sectorial se instalará dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente del vencimiento de aquel plazo y tendrá un plazo de vigencia de 120 días calendario, contados a partir de su instalación, plazo que podrá ampliarse considerando el avance de sus actividades y los requerimientos para el cumplimiento de su objeto.
Dentro del plazo de su vigencia, el grupo de trabajo presentará al titular del Minsa el informe final correspondiente.
(FIN) CVC
GRM
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Publicado: 18/6/2026