El Seguro Social de Salud (EsSalud) y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) lanzaron la campaña “Paga tu deuda” para facilitar el pago de las obligaciones por aportaciones que tienen empresas públicas y privadas.
"Con lo cual se espera recuperar 628 millones de soles que serán destinados a mejorar los servicios de salud en favor de los asegurados" indicó la presidenta de EsSalud, Fiorella Molinelli.
Asimismo, señaló que las entidades públicas y privadas tienen plazo hasta el 31 de marzo de este año para acogerse al régimen especial de refinanciamiento y reestructuración de la deuda que tienen por aportaciones al Seguro Social.
Dijo que las entidades deudoras que se acojan a estos regímenes tendrán un descuento de hasta 20%, si pagan sus deudas al contado.
“Con esta medida, EsSalud espera recuperar S/ 628 millones que serán destinados al mejoramiento de infraestructura y equipamiento de los servicios de salud en favor de los asegurados”, enfatizó.
La funcionaria recordó que hace unos días, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas publicó el reglamento del Decreto de Urgencia (DU) N° 037-2019, que establece regímenes de sinceramiento y facilidades para el pago de la referida deuda.
La norma reglamentaria señala que podrán acogerse al Régimen de Facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (REFACSSS) las micro o pequeñas empresas, naturales o jurídicas, del sector privado cuyas ventas anuales no superen las 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT).
En tanto, los gobiernos regionales y locales (no incluye a los municipios de los centros poblados) pueden acogerse al Régimen de Sinceramiento de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (RESICSSS).
Para el REFACSSS se considerará la deuda pendiente generada hasta el periodo tributario diciembre 2015, mientras que para el RESICSSS la deuda pendiente concebida hasta el 31 de diciembre de 2018.
También lea:
Procedimiento
Por su parte, Carlos Chirinos Gómez, gerente de Orientación y Servicios de la Sunat, precisó que su institución emitió la Resolución N° 040-2020 que estableció el procedimiento para la presentación de las solicitudes de acogimiento tanto para los empleadores públicos y privados, la cual se debe realizar de manera virtual ingresando al portal web:
www.sunat.gob.pe.
Indicó que el gobierno regional y local deberán llenar el formulario virtual N° 1703, mientras que las micro y pequeñas empresas el N° 1702. En ambos casos deberán ingresar el código de usuario, clave sol, confirmar el monto de la deuda y elegir la modalidad de pago (al contado o fraccionado), entre otros datos.
Beneficios
Con el acogimiento se extinguen las multas relacionas a declarar cifras o datos falsos incluyendo sus intereses, así también se extinguen los intereses moratorios actualizándose la deuda solo con un factor de actualización en base al Índice de precios al consumidor.
Las entidades deudoras que se acojan a estos regímenes y paguen sus deudas al contado tendrán un descuento de hasta 20% sobre el monto calculado de dicha deuda.
En caso decidan pagar la deuda de manera fraccionada podrán hacerlo en 120 cuotas mensuales, es decir en 10 años, en las que se incluirán los respectivos intereses por el fraccionamiento. La tasa de interés anual efectiva por fraccionamiento es de 3%.
Más en Andina:
(FIN) MDV/JJN
Publicado: 20/2/2020