A pocos días de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) invocó a la población a mantener el orden y serenidad durante el proceso programado para el próximo domingo 4 de octubre.
En ese sentido, recordó los mecanismos para evitar y sancionar actos de violencia que impidan el normal desarrollo del proceso; entre ellos, se encuentra el
Mapa de Alertas de Conflictos Electorales (MACE) y el apoyo de instituciones que tienen facultades para intervenir cuando se cometen delitos electorales.
Los fiscales de prevención del delito que se encuentren en los locales de votación estarán en coordinación con el personal de la ONPE y las fuerzas del orden, y actuarán de acuerdo a sus competencias al identificar actos delictivos. Dependiendo de la gravedad del acto, podría intervenir también el fiscal penal de turno.
La ONPE invoca a las organizaciones políticas y a la ciudadanía a mantener el orden y la serenidad antes, durante y después del sufragio, y a rechazar las acciones violentas que impidan el libre ejercicio del derecho al voto o que atenten contra cualquiera de las etapas del proceso.
Delitos electorales
Los actos de violencia extrema durante los procesos electorales –como la toma de un local de votación, la quema de ánforas o la destrucción de actas– se consideran, según el Código Penal, “delitos contra la voluntad popular” y en concurso con delitos de disturbios y daños agravados.
Dentro del grupo de delitos contra la voluntad popular, se distinguen delitos específicos, como la “perturbación o impedimento de un proceso electoral” (artículo 354), que incluye el uso de la violencia –o la amenaza de usarla– para interrumpir, entorpecer o impedir el desarrollo de las elecciones. La sanción prevista es pena privativa de la libertad entre 3 y 10 años.
El Código Penal también contempla delitos como “atentado contra el derecho de sufragio” (artículo 359), “impedimento u obligación del voto” (artículo 355) e “inducción al voto mediante dádivas” (artículo 356).
Adicionalmente, si una persona intenta votar utilizando el Documento Nacional de Identidad (DNI) de otra, incurriría en el delito de suplantación de identidad.
(FIN) NDP/JCC/CCR
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Publicado: 30/9/2026