Andina

Empresas: multas de S/ 83,000 por no pagar triple sueldo a quienes laboren en feriados

Sanciones van desde los 4,150 soles, dependiendo del número de trabajadores afectados, señala el MTPE

Trabajadores. Foto: ANDINA/Difusión.

Trabajadores. Foto: ANDINA/Difusión.

14:10 | Lima, jun. 25.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó hoy que las sanciones para los empleadores que no paguen triple remuneración diaria a sus trabajadores que laboren en días feriados oscila entre 4,150 soles y 83,000 soles.

La variación de las sanciones, que oscila entre 1 y 20 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), para los empleadores que incumplan con ese pago depende del número de trabajadores que se encuentren afectados, explicó el director regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana del MTPE, Walter Zúñiga. 

Señaló que los trabajadores que no perciban la triple remuneración diaria por trabajar en día feriado pueden acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para presentar su denuncia, para que luego, la autoridad inspectiva realice las verificaciones del caso. 

Cabe destacar que un trabajador que labora en día feriado sin descanso sustitutorio en otro día debe percibir una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado.

Contratación de extranjeros


En otro momento, el funcionario del MTPE manifestó que los empleadores pueden contratar extranjeros, siempre y cuando tengan sus papeles en reglas.

“La legislación establece que (las empresas) pueden contratar trabajadores extranjeros, pero solo hasta el 20% de sus planillas”, destacó en la inauguración de la nueva sede del Centro de Empleo de Villa El Salvador (VES). 

De otro lado, informó que tiene programados dos “Semanas del Empleo” en Lima para los próximos meses: una en el distrito de La Victoria y otra en la comuna de Ate Vitarte.

Más en Andina:




(FIN) MMG/MMG


JRA


Publicado: 25/6/2018