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Emprendimientos y diversificación de oferta turística impulsará Perú

Mincetur aprobó reglamento de Programa Turismo Emprende para promover desarrollo y consolidación del sector

ANDINA/Difusión

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09:30 | Lima, may. 11.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó hoy el reglamento del Programa Turismo Emprende para promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos turísticos privados.

Según Decreto Supremo 005-2017 del Mincetur, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, la norma tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la implementación y el funcionamiento del programa “Turismo Emprende”, creado mediante creado  mediante Decreto Legislativo 1329.


El reglamento es de aplicación a los órganos que gestionan el programa, así como a las personas naturales y jurídicas, incluyendo las micro y pequeñas empresas (mypes) vinculadas a la actividad turística que participan y son beneficiarias de dicho programa.

El programa tiene como fin fomentar la diversificación de la oferta turística en el Perú, en concordancia con el pilar “Diversificación y consolidación de la oferta turística”, del Plan Estratégico Nacional de Turismo (Pentur 2025).

Se establece que los recursos del programa se destinan a financiar y/o cofinanciar emprendimientos vinculados a la actividad turística que contemplen aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico.

Se determina, además, que los participantes y beneficiarios del programa deben cumplir con lo establecido en el presente reglamento y en las bases de las convocatorias del concurso que se realizan como mínimo una vez al año.


Requisitos de participantes 
Se dispone que los participantes de las convocatorias del programa deben cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

a) Contar con RUS o RUC activo.

b) En el caso de personas naturales no tener al momento de la presentación al concurso sentencia condenatoria firme y vigente.

c) En el caso de personas jurídicas no contar al momento de la presentación al concurso con medidas administrativas aplicables interpuestas por la comisión de hechos punibles conforme a la normatividad vigente.

d) No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón del matrimonio, unión de hecho o convivencia, conforme a la normatividad vigente, con los funcionarios y servidores del Mincetur, sus organismos públicos adscritos y desconcentrados, y con los miembros del Comité Multisectorial de Selección.

e) No ser empleado público conforme a la normatividad vigente o tener vínculo contractual alguno con el Estado.

f) No ser beneficiarios de subvenciones otorgadas en base a lo dispuesto en la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

g) No ser beneficiario del programa en relación a las dos últimas convocatorias consecutivas y, asimismo, no contar con 
rendiciones de cuentas pendientes por los desembolsos efectuados en anteriores concursos del programa.

h) No ser una Organización No Gubernamental de Desarrollo.

Concurso de los emprendimientos
El Comité Multisectorial de Selección convoca a concurso para la presentación de las propuestas de emprendimiento a través de un medio escrito de difusión masiva y de alcance nacional, del portal institucional del Mincetur y en otros medios que considere necesarios.

Se determina que el concurso es a nivel nacional y que las bases establecen las disposiciones específicas del concurso y del proceso de selección de las propuestas de emprendimiento, luego se declaran a los ganadores precisando el monto de la subvención. 

Rendición de cuentas
Los beneficiarios de la subvención deben presentar, ante la Secretaría Técnica, el reporte de gastos, que sustente la ejecución del desembolso de la subvención recibida, conforme a los plazos y compromisos establecidos en el Convenio de Financiamiento y/o Cofinanciamiento. 

Se señala que el sustento de los gastos ejecutados es de obligatorio cumplimiento por los beneficiarios, y que de no hacerlo se suspenden los desembolsos posteriores, de ser el caso.

Se establece además que los beneficiarios de las subvenciones deben presentar un informe final de rendición de cuentas a la Secretaría Técnica, cuyo contenido y plazos se establecen en el convenio a suscribirse.

Monitoreo de recursos otorgados
La Secretaría Técnica verificará que los beneficiarios cumplieron con utilizar la subvención otorgada, de acuerdo a las condiciones y compromisos asumidos.

(FIN) MMG/JJN

Publicado: 11/5/2017