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Elecciones complementarias: personeros pueden acreditarse el mismo día de la votación

Procedimiento se realiza ante presidente de la mesa de sufragio, indicó el JNE

Foto: ANDINA/difusión.

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13:30 | Lima, jun. 30.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que los personeros de los centros de votación y de las mesas de sufragio pueden ser acreditados directamente el mismo día de los comicios, este domingo 2 de julio.

El objetivo es que los representantes de las organizaciones políticas puedan velar por sus intereses durante el desarrollo de las votaciones.


Los pasos y requisitos para tales acreditaciones y su correspondiente reconocimiento se encuentran establecidos en el Reglamento sobre la Participación de Personeros en Procesos Electorales aprobado por Resolución 0243-2020-JNE. 

La norma refiere que la solicitud tanto de personeros de los centros de votación como de personeros de las mesas de sufragio, se presenta ante los respectivos jurados electorales especiales (JEE) hasta siete días calendario antes de la elección.

Sin embargo, vencido dicho plazo, los personeros legales pueden acreditar a los personeros de los centros de votación directamente ante los coordinadores que la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) haya asignado. Del mismo modo pueden acreditar a los personeros de las mesas de sufragio directamente ante el presidente de la mesa durante el día de la elección correspondiente.

Los personeros de los centros de votación se encargan de coordinar y dirigir las actividades de sus representantes ante las mesas de sufragio, así como de coordinar con el personal de las ODPE.

En tanto, los personeros ante las mesas de sufragio tienen la atribución de presenciar y fiscalizar los actos de instalación, sufragio y escrutinio durante el acto electoral.

De tener alguna observación, además, pueden presentar oportunamente diversos recursos que están contemplados en la normativa electoral, entre ellos la impugnación de la identidad del elector o a las cédulas de votación; así como solicitar la nulidad de la votación de la mesa por hechos pasibles de conocimiento de los miembros de mesa y de acuerdo con la normativa.


(FIN) NDP/GDS/CVC
GRM

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Publicado: 30/6/2023