A menos de 45 días de las elecciones regionales y municipales de octubre, uno de los aspectos positivos que se vislumbran es una mayor elección de representantes mujeres, sobre todo regidoras municipales, gracias a la vigencia de la ley de paridad y alternancia, aunque aún en niveles insuficientes.
“El cambio más importante que, esperemos, tenga un impacto en la representación política subnacional, es la paridad y alternancia. Ahí sí habrá un cambio”, dijo, en conversación con el Diario Oficial El Peruano, Iván Lanegra, secretario ejecutivo de la asociación civil Transparencia.
El especialista en temas electorales señaló que en general es lo más rescatable que dejarán los comicios subnacionales porque en otros aspectos, prácticamente, no hay diferencias con convocatorias anteriores.
“En otros aspectos, lamentablemente, los electores van a tener que hacer un trabajo muy intenso para encontrar una buena opción. Ojalá podamos hacer un esfuerzo para animar a la ciudadanía a que esto lo haga de manera temprana y no esperar la última hora. La idoneidad es un elemento clave”, dijo.
Ese optimismo también es compartido por José Tello Alfaro, especialista en temas electorales, aunque precisa que la mayor presencia de mujeres estará más acotada a los concejos, mas no en las alcaldías, y en menor medida en las gobernaciones y consejos regionales.
Tipos de paridad
Para las elecciones municipales, de acuerdo con la Ley 26864, lo que prevalece es una paridad y alternancia vertical, mas no horizontal, que obliga a partidos y movimientos a presentar listas cerradas y bloqueadas con estos criterios, un hombre por una mujer, de forma alterna y vertical.
De esta forma, si una agrupación gana la alcaldía o adquiere una minoría con presencia en el concejo, es probable que la mitad de sus regidores electos sean hombres y la otra mitad mujeres, incrementando así la elección de mujeres en comparación con procesos anteriores.
Esto no sucede, sin embargo, con la elección de la cabeza de lista, los alcaldes, en la cual se evidencia en estos comicios que son más los hombres nominados para ese cargo que las mujeres, justamente por la falta de una paridad horizontal.
Las mujeres candidatas a una alcaldía nunca han representado más del 8 % del total de candidaturas a este cargo, por lo que resulta un tema pendiente de nuestros legisladores.
En las regiones
En el caso de las elecciones regionales, la Ley 27683 establece en su artículo 12 una paridad horizontal en la fórmula para los cargos de gobernador y vicegobernador regional, y del total de circunscripciones a las que se presenten, la mitad debe estar encabezada por una mujer o un hombre, lo que aumenta la probabilidad de tener mujeres en los dos primeros cargos.
Igualmente, para el caso de los consejos regionales, la lista debe estar formada por el número de candidaturas para cada provincia, incluyendo igual número de accesitarios. Las listas deben integrarlas el 50 % de hombres y el 50 % de mujeres, ubicadas de manera alternada.
En opinión de Tello habrá que ver el impacto de la ley de paridad y alternancia en el ámbito regional, sobre todos en los partidos políticos nacionales porque lo que se ve en las candidaturas inscritas en los movimientos regionales es una mayor presencia de hombres para cargos de gobernador, además que para los consejos regionales aún subsiste el voto preferencial.
(FIN) DOP
GRM
Más en Andina:
Publicado: 24/8/2022