Andina

Ejecutivo transfiere S/ 317 millones para pagar bono de S/ 550 a servidores públicos

En el Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales.

Gobierno transfirió los recursos para pagar el bono de 550 soles a los servidores públicos. Cortesía

Gobierno transfirió los recursos para pagar el bono de 550 soles a los servidores públicos. Cortesía

22:57 | Lima, dic. 22.

El Ejecutivo aprobó hoy el decreto supremo que autoriza transferencia de 317 millones de soles para pagar el bono de 550 soles a los servidores del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales.

Así lo estableció a través del Decreto Supremo Nº 307-2022-EF, publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La norma autoriza la transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022, hasta por la suma de 317 millones 628,850 soles a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales.

Estos recursos están destinados a financiar el costo del otorgamiento del bono excepcional, por única vez, de 550 soles a los servidores públicos de los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276, 728, 1057 y de las Leyes Nº 30057, 29709 y 28091, del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales.

El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el “Anexo I - Transferencia de Partidas a favor de los pliegos del Gobierno Nacional”, “Anexo II - Transferencia de Partidas a favor de los pliegos de los gobiernos regionales” y “Anexo III - Transferencia de Partidas a favor de los pliegos de los gobiernos locales” que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

La norma y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Los recursos autorizados para el caso de los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276 y 728 y Leyes Nº 30057, 29709 y 28091 deben estar orientados a habilitar la específica de gasto 2. 1. 1 9. 3 12 “Bonificación Excepcional por Negociación Colectiva Centralizada”, y para el caso del régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, la específica de gasto 2. 3. 2 8. 1 9 “Bonificación Excepcional por Negociación Colectiva Centralizada”.

Los recursos transferidos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.

La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra, y del ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras Miranda.

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(FIN) MDV / MDV 

Publicado: 22/12/2022