El Ejecutivo autorizó la transferencia de más de 213 millones de soles a favor de la Reserva de Contingencia, y también transfirió más de 92 millones de soles a favor del Ministerio de Salud.
Así lo determinó a través del Decreto Supremo Nº 296-2023-EF, publicado en la víspera en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de 213 millones 997,882 soles, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.
Todo ello, con cargo a los saldos disponibles según proyección de gastos al cierre del Año Fiscal 2023, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el presupuesto institucional del Ministerio de Salud.
El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (
https://www.gob.pe/mef ), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud
La norma también autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de 92 millones 831,746 soles a favor del Ministerio de Salud, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el fortalecimiento de los servicios de salud a su cargo, para sostener la demanda de atenciones de la población en Lima Metropolitana, en el marco del numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1440, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.
El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (
https://www.gob.pe/mef ), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Los recursos transferidos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.
La norma tiene la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte; y del ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras.
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(FIN) MDV / MDV
Publicado: 22/12/2023