El Poder Ejecutivo planteó que los municipios o gobiernos locales ubicados en regiones a las que se asigna canon, sobrecanon y regalía minera, destinen como mínimo el 9 % de dichos fondos para inversiones en las comunidades campesinas y nativas ubicadas en dichas jurisdicciones.
La propuesta está incluida en un proyecto de ley presentado esta semana ante el Congreso de la República.
En el texto se indica que los recursos mencionados deben destinarse “al financiamiento o cofinanciamiento de inversiones”. Estas deben contribuir “al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios en las comunidades campesinas y nativas ubicadas en las circunscripciones donde se explotan recursos naturales”.
Asimismo, se indica que dichos fondos deben ir también a “gastos de mantenimiento de activos generados con la inversión pública, y para la elaboración de estudios de preinversión y fichas técnicas de proyectos de inversión”.
Excepciones y precisiones
El proyecto de ley indica además que aquellos gobiernos locales cuyas transferencias por canon, sobrecanon y regalía minera sean inferiores a 100 unidades impositivas tributarias no están obligados a realizar la transferencia mencionada.
Asimismo, los alcances de la disposición propuesta no serán aplicados en las jurisdicciones en las que no existan comunidades campesinas y nativas.
Se establece, además, que las inversiones referidas a optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación serán ejecutadas por los gobiernos locales coordinando con las comunidades mencionadas, a través –preferentemente– de mecanismos en los que participen los beneficiarios.
El cumplimiento de las transferencias de recursos dispuestas estará a cargo de la Contraloría General.
Los gobiernos locales deberán rendir cuentas de estos gastos a esta entidad, en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Control. Además, tendrán que informar a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros al respecto.
El Ejecutivo sustenta esta iniciativa en el hecho de que, pese a que hay normas vigentes sobre el uso de los fondos mencionados, no se puede determinar cómo se efectuó el gasto de estos por diversos factores. “Resulta conveniente establecer reglas claras”, se indica en la sección argumentativa del proyecto.
(FIN) FGM/VVS
GRM
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Publicado: 21/9/2022