El Poder Ejecutivo oficializó la prórroga del estado de emergencia nacional hasta el domingo 26 de abril, como medida para evitar los contagios por el coronavirus covid-19.
La ampliación de la medida fue establecida mediante el
Decreto Supremo 064-2020-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial
El Peruano.
Durante la prórroga se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 18:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente, a escala nacional.
Ello con excepción de las regiones Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en las que la inmovilización social obligatoria rige desde las 16:00 hasta las 04:00 horas.
Para la adquisición de víveres, productos farmacéuticos y trámites financieros solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar, de lunes a sábado.
El domingo la inmovilización social obligatoria será para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día.
Se encuentran exceptuadas aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias.
Durante la ampliación de la emergencia es obligatorio el uso de mascarillas para circular por las vías de uso público.
(FIN) VVS
GRM
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Publicado: 10/4/2020