El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó el nuevo Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, que establece las nuevas disposiciones aplicables a los pedidos de indulto, conmutación de pena y derecho de gracia.
La medida fue oficializada mediante la
Resolución Ministerial N.º 062-2026-JUS, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, que contempla nueve formatos de presentación de solicitudes y un formato de Declaración Jurada, que certifica el conocimiento sobre la gratuidad del trámite de gracia presidencial.
El reglamento regula el procedimiento de atención de solicitudes de gracias presidenciales, así como las funciones, competencias y organización de la Comisión y su Secretaría Técnica.
Se dispone que el trámite de las solicitudes será gratuito y no requerirá firma de abogado, garantizando el acceso directo de las personas privadas de libertad o adolescentes con medidas socioeducativas de internación.
La Comisión podrá recomendar la concesión o no de indultos comunes, indultos por razones humanitarias, conmutaciones de pena y derechos de gracia, pero la decisión final corresponde exclusivamente al presidente de la República.
Se fortalece el uso de medios digitales, estableciendo que el expediente se tramitará fundamentalmente en soporte digital y que las notificaciones podrán realizarse por medios electrónicos institucionales.
Asimismo, la norma deja sin efecto el reglamento anterior aprobado en 2010 y precisa criterios objetivos de evaluación, tales como la conducta del solicitante, el tiempo de condena cumplido, la situación judicial y penitenciaria, y en los casos humanitarios, el sustento médico especializado.
La Comisión de Gracias Presidenciales es un órgano colegiado multisectorial con competencia nacional encargado de analizar y emitir recomendaciones sobre la procedencia de estas medidas excepcionales.
(FIN) KCO/CVC
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Publicado: 19/2/2026