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Dengue en Piura: multarán con S/ 742 a vecinos que no permitan fumigación

Foto: ANDINA/difusión.

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04:15 | Piura, jun. 6.

Los vecinos y vecinas que se opongan a la fumigación de sus viviendas contra el dengue serán multados por la Municipalidad Provincial de Piura (MPP) con el 15 % de una UIT, es decir 742 soles. Recordemos que del 8 al 21 de junio inician estas acciones masivas en Piura para frenar el avance de esta enfermedad.

El alcalde de Piura, Gabriel Madrid Orué, exhortó a las familias piuranas a dar facilidades para fumigar sus viviendas, sobre todo en los lugares donde hay alto índice de dengue. Asimismo solicitó a los congresistas promulgar leyes más drásticas con las personas que impidan el ingreso del personal de salud a las viviendas a desarrollar este tipo de actividades.

“Tenemos ordenanzas sancionadoras, pero los congresistas deben plantear normas más drásticas contra los vecinos que se muestran renuentes al ingreso del personal de salud a fumigar sus casas”, refirió.

Cabe mencionar que la municipalidad de Piura ha destinado 400,000 soles para las acciones de prevención y control del dengue, cuyos casos y decesos siguen aumentado en la región.

La autoridad provincial indicó que los recursos serán asignados ante el pedido del gobierno regional, a través de la Dirección Regional de Salud, para la contratación de personal de médico, insumos, termonebulizadores, entre otras actividades que disponga esta entintad en la lucha contra el dengue.

Por su parte, el gerente de Medio Ambiente Salud y Población de la comuna piurana, ingeniero Jimmy Cerro Sánchez, advirtió que personal de Fiscalización procederá a notificar a las personas que se opongan a estas acciones. En caso persistan con su renuencia, la comuna provincial procederá a multarlos conforme a las ordenanzas.

Cabe resaltar que continuarán las jornadas de fumigación en las calles de diversos asentamientos que están incluidos en el mapa epidemiológico de la Dirección de Salud. Hasta el momento, la comuna piurana, por disposición del alcalde Gabriel Madrid, ha intervenido 20 asentamientos con estas acciones.

La Ordenanza Municipal 035-2008 sanciona a aquella persona natural y/o jurídica por obstaculizar las labores de erradicación de los focos infecciosos que atentan contra la salud de la población. Además, se le puede aplicar Ordenanza Municipal 044-2000-C/CPP, del 2010, por el mismo concepto de la norma anterior.

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(FIN) MMC/MAO
GRM

Publicado: 6/6/2023