La Defensoría del Pueblo emitió un informe en el que revela que, en los últimos 20 años, la institución atendió un total de 15 775 quejas por vulneraciones o amenazas al derecho de acceso a la información que tiene la ciudadanía, ello en el marco del Día Internacional del Acceso Universal a la Información.
Asimismo, advirtió que nueve de cada 10 quejas presentadas en el periodo 2013 – 2022 fueron declaradas fundadas, lo que refleja una actuación irregular de distintas instituciones del Estado.
De acuerdo con el informe, que comprende la información recogida por la Defensoría del Pueblo desde el 2003, año que entró en vigencia la
Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
hasta el 2023, las regiones que acumularon la mayor cantidad de quejas fueron Lima (1,343), Junín (622) y Arequipa (610).
Además, se advierte que, en 20 años de vigencia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, más de la mitad de las quejas estuvieron referidas a la falta de respuesta dentro del plazo legal, con el 57.6 % de los casos.
De otro lado, de acuerdo al informe, durante el periodo 2012 – 2023 las entidades más quejadas por vulneración al derecho de acceso a la información fueron los gobiernos locales, con el 53.7 % de los casos, seguidos de los ministerios (26.9 %) y gobiernos regionales (9.5 %).
De igual modo, entre los gobiernos locales con mayor cantidad de quejas, en el periodo 2019 – 2022, que coincide con la pandemia del covid-19, encontramos a Ayacucho, Áncash, Lima y Junín.
Frente a esta realidad, la Defensoría del Pueblo reitera que el acceso a la información pública es un derecho reconocido en la Constitución Política y en diversos tratados de derechos humanos que han sido suscritos por el Estado Peruano, cuyo objetivo es garantizar que todo ciudadano pueda ejercer un control efectivo sobre la labor que desarrollan las instituciones públicas.
También, permite el ejercicio de otros derechos fundamentales como de acceso a la salud, educación y seguridad ciudadana, entre otros.
Se precisa también que existen solo tres supuestos en los que se puede denegar un pedido de acceso a la información. Estos son cuando la información solicitada es catalogada como secreta, reservada o confidencial.
De otro lado, se precisa que el
Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que resuelve en última instancia administrativa los recursos de apelación por afectación del derecho al acceso a la información pública a nivel nacional.
"No obstante, la ciudadanía también puede acudir a la Defensoría del Pueblo para solicitar su intervención en cualquier caso", refiere el organismo.
(FIN) NDP/JCC
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Publicado: 28/9/2024