El defensor del pueblo, Josué Gutiérrez, recordó que la institución que dirige se ha pronunciado desde 2018 respecto a que el Perú carece de una norma expresa que establezca la obligatoriedad de contar con un stock mínimo de medicamentos genéricos en farmacias y boticas privadas.
Fue durante una mesa de trabajo que lideró esta mañana y que contó con la presencia del ministro de Salud, César Vásquez, así como representantes de más de 10 instituciones, cuyo principal punto de agenda fue la evaluación de medidas conjuntas para garantizar el expendio de medicamentos genéricos a la población más vulnerable, a fin de que dicha disposición no sea renovada cada cierto tiempo, como ocurre actualmente, sino que sea permanente.
Durante la reunión, Gutiérrez remarcó la necesidad de que el Congreso de la República legisle en ese sentido, a fin de que esta obligación se vea plasmada en una norma con carácter de ley.
De otro lado, la Defensoría del Pueblo dio a conocer que, según la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) 2023, el 22.4 % de la población con problemas de salud busca atención en farmacias y que el gasto bolsillo en medicamentos al 2019, de acuerdo a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), ascendía a 4,519 millones.
De otro lado, de acuerdo a cifras del Seguro Integral de Salud (SIS), el 40 % de las prescripciones atendidas en farmacias y boticas privadas se generan en establecimientos de salud públicos y un 51 % del gasto de los afiliados a dicho seguro está vinculado a aspectos de salud.
En razón de ello, durante la sesión, Gutiérrez pidió al Ministerio de Salud y al Ministerio de Economía y Finanzas el informe técnico según el cual se aprobó la cuarta disposición complementaria del Decreto de Urgencia (DU) 007-2019, por medio del cual se declaró a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como elementos esenciales del derecho a la salud.
En dicha disposición se estableció el plazo para la elaboración del listado de 40 medicamentos esenciales genéricos que debían estar disponibles en farmacias y boticas.
En la reunión, el ministro de Salud informó que actualmente hay más de 19,000 productos farmacéuticos registrados, de los cuales 796 son medicamentos esenciales capaces de atender al 80 % de las condiciones de salud más comunes.
No obstante, se comprometió a actualizar y ampliar el listado de medicamentos que deben estar disponibles en farmacias y boticas, que incluirá a una cifra superior a la establecida en el DU 007-2019 y que comprendería a alrededor de 200 medicamentos esenciales.
Por su parte, el titular de la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), Juan Carlos Velasco, precisó que la distribución actual de la atención médica en el país muestra una concentración del 97 % en el primer nivel de atención, mientras que solo un 3 % corresponde al nivel hospitalario, por lo que se requiere seguir fortaleciendo el primer nivel de atención sin dejar de mejorar la capacidad hospitalaria para atender casos más complejos.
Además, propuso legislar en torno a las contrataciones en el proceso de adquisición de medicamentos y a la necesidad de que las multas al sector privado se establezcan en función al volumen de facturación de las empresas infractoras, refiriéndose a que el monto fijo de 2 UIT podría resultar insuficiente para sancionar adecuadamente a las grandes cadenas de farmacias.
La reunión de trabajo también contó con la participación del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, para cuyo gremio es imperativo que las multas impuestas en el sector farmacéutico sean diferenciadas, dando prioridad a la salud pública por encima de los intereses comerciales.
El aspecto referido a las sanciones también fue abordado por el representante del Seguro Integral de Salud (SIS), que precisó la necesidad de que el sistema de salud establezca un marco regulatorio adecuado, que permita la aplicación de sanciones de manera justa y proporcional.
El defensor del pueblo dio a conocer que todos los aportes brindados serán consolidados y remitidos a las instancias correspondientes, a fin de mejorar la legislación existente.
(FIN) NDP/RMCH/JCR
JRA
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Publicado: 20/3/2024