El Jurado Especial Electoral Lima Centro 1 declaró inadmisible la lista de candidatos al Congreso de Solidaridad Nacional debido a que las exparlamentarias Rosa Bartra y Nelly Cuadros no presentaron documentos que sustente su licencia de la Comisión Permanente.
La resolución señala que al mantenerse la Comisión Permanente con “funciones de naturaleza predominantemente administrativa más que legislativa”, corresponde a sus integrantes solicitar una licencia sin goce de haber a diferencia de los congresistas para quienes no se exige este requisito.
“No exigir a los miembros de la Comisión Permanente el requisito de la solicitud de licencia sin goce de haber, implicaría una excepción injustificada, es decir, un tanto privilegiado injustificado en relación a los demás candidatos que se presentan”, refiere la resolución.
Jurado Electoral Especial declara inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de Solidaridad Nacion... by Agencia Andina on Scribd
En ese sentido, advierte que el pedido de inscripción de candidatos de Solidaridad Nacional no figura el original o la copia legalizada de la solicitud de licencia sin goce de las candidatas Rosa Bartra y Nelly Cuadros.
Observa además que en caso de Rosa Bartra no se adjunto la autorización del movimiento regional Río Santa Caudaloso, al cual pertenece, para que pueda postular por otra agrupación política.
Otras observaciones
El Jurado Especial electoral Lima Centro 1, asimismo, observó que otros postulantes de la lista de Solidaridad Nacional que indicaron en sus hojas de vida laborar en instituciones el Estado tampoco cumplieron con presentar su pedido de licencia sin goce de haber.
En ese sentido, pide al personero de Solidaridad Nacional subsanar esta observación con la documentación pertinente en un plazo de dos días, en caso contrario precisa que será declaro improcedente.
Cabe precisar que el plazo para solicitar licencia sin goce de haber en instituciones públicas venció el 18 de noviembre de 2019.
(FIN) FHG
JRA
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Publicado: 22/11/2019