Andina

Declaran estado de emergencia en Llusco por desplazamiento de terreno debido a lluvias

Medida tiene vigencia de 60 días calendario

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia, por un plazo de 60 días calendario, en el distrito de Llusco, provincia de Chumbivilcas, región Cusco, debido al desplazamiento registrado en el terreno debido a las intensas lluvias, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediata y necesaria, de respuesta y rehabilitación para salvaguardar  la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado en esa zona. ANDINA

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia, por un plazo de 60 días calendario, en el distrito de Llusco, provincia de Chumbivilcas, región Cusco, debido al desplazamiento registrado en el terreno debido a las intensas lluvias, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediata y necesaria, de respuesta y rehabilitación para salvaguardar la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado en esa zona. ANDINA

09:31 | Cusco, mar. 3.

El Ejecutivo declaró el estado de emergencia, por un plazo de 60 días calendario, en el distrito de Llusco, provincia de Chumbivilcas, región Cusco, debido al desplazamiento registrado en el terreno debido a las intensas lluvias, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediata y necesaria, de respuesta y rehabilitación para salvaguardar la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado en esa zona.

Mediante un Decreto Supremo, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que el Gobierno Regional de Cusco, la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas y la Municipalidad Distrital de Llusco, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), ejecutarán las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre. 


En esta labor participan también los Ministerios de Salud; de Educación; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Agricultura y Riego; Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Producción; de Trabajo y Promoción del Empleo; de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas.



Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes, precisa la norma.


La implementación de las acciones previstas en este Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente, indica.


La norma lleva la firma del Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y está refrendada por la premier Mercedes Aráoz y los titulares de los ministerios mencionados.

(FIN) LZD/

También en Andina:



Publicado: 3/3/2018