¿Cuántos distritos del país están declarados en emergencia por lluvias intensas hasta hoy?

Conoce cuál es el departamento con mayor número de provincias y distritos declarados en emergencia

ANDINA/Difusión

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12:43 | Lima, feb. 26.

El peligro inminente ante las precipitaciones pluviales intensas ha motivado que el Gobierno nacional adopte urgentes medidas como la declaratoria del estado de emergencia para la ejecución de medidas y acciones de excepción de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación. ¿Cuántos distritos del país están declarados en emergencia hasta hoy?

Según las declaratorias de estado de emergencia vigentes, oficializadas mediante sendos decretos supremos publicados en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, motivadas por el peligro inminente ante las lluvias persistentes e intensas, suman hasta hoy 945 los distritos de diversas regiones comprendidos en esta medida de excepción.


Los departamentos con mayor número de provincias y distritos declarados en emergencia por el muy alto riesgo ante las lluvias intensas son Arequipa (80 distritos en seis provincias), Ayacucho (48 distritos en once provincias), Amazonas (41 distritos en siete provincias), San Martín (40 distritos en nueve provincias), Cajamarca (25 distritos en ocho provincias) y Áncash (23 distritos en seis provincias).


Mediante el Decreto Supremo N° 003-2026-PCM, con vigencia hasta el 3 de marzo próximo, comprende a 382 distritos de las regiones Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali.


En tanto, suman 134 los distritos de varias provincias de los departamentos de Áncash, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Piura y Tumbes comprendidos en los alcances del Decreto Supremo N° 005-2026-PCM con vigencia hasta el 18 de marzo de este año.


Por su parte, el Decreto Supremo N° 019-2026-PCM, con vigencia hasta el 5 de abril de 2026, incorpora a 179 distritos de las regiones Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali.


A su vez, el Decreto Supremo N° 020-2026-PCM, se declara el estado de emergencia en tres distritos de varias provincias de la región San Martín, medida que tiene vigencia hasta el 12 de abril de este año.


Finalmente, el Decreto Supremo Nº 025-2026-PCM, declara el estado de emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por el plazo de 60 días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.


Dichas normas establecen que los gobiernos regionales y locales comprendidos, con la coordinación técnica y el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) deben ejecutar las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación.


También participarán los ministerios de Salud; de Educación; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Desarrollo Agrario y Riego; del Interior; de Defensa; de Transportes y Comunicaciones; de Energía y Minas; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y de Desarrollo e Inclusión Social, así como demás instituciones públicas y privadas involucradas. 


Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y los elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.


La implementación de las acciones previstas en el decreto supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.


(FIN) LZD/MAO
JRA


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Publicado: 26/2/2026