Crean grupo de trabajo sectorial para reglamentar la Ley de Vivienda de Interés Social

Por 90 días calendario a partir del día hábil siguiente a su instalación

Entrega de vivienda social. ANDINA/Difusión

Entrega de vivienda social. ANDINA/Difusión

08:06 | Lima, mar. 22.

El Ejecutivo creó el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la reglamentación de la Ley Nº 32379, Ley de la Vivienda de Interés Social”.

Asimismo, el referido Grupo de Trabajo tiene una vigencia de noventa días calendario, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación.

Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial Nº 096-2026-VIVIENDA, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

El referido Grupo de Trabajo tiene por objeto elaborar la propuesta de reglamento de la Ley Nº 32379, Ley de la Vivienda de Interés Social y está conformado por:

a) El Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, quien lo preside.
b) El Director de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo.
c) El Director General de Programas y Proyectos de Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo.
d) Un representante del Programa Generación de Suelo Urbano.
e) Un representante del Fondo MIVIVIENDA S.A.
f) Un representante del Colegio de Arquitectos del Perú - Consejo Nacional.
g) Un representante de la Cámara Peruana de la Construcción.
h) Un representante de la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A.
i) Un representante de la Confederación de Desarrolladores Inmobiliarios del Perú.
j) Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú.

Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honorem y cuentan con un representante alterno quien asiste o ingresa a las reuniones en caso de ausencia del representante titular.

Designación de representantes


Los integrantes que conforman el Grupo de Trabajo, así como sus representantes alternos se acreditan ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita de la autoridad/representante de la entidad pública o privada, según corresponda, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Funciones 


El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:

a) Elaborar un plan de actividades para el cumplimiento del objeto de Grupo de Trabajo.
b) Proponer aportes técnicos-legales sustentados, sobre los alcances y aplicación de la referida Ley.
c) Presentar un informe final con las conclusiones y propuestas pertinentes en concordancia con el objeto referido en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.

Secretaría Técnica


La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual ejecuta las disposiciones que acuerde el Grupo de Trabajo.

Asimismo, reporta periódicamente a la Presidencia del Grupo de Trabajo, es responsable de convocar a reuniones previa coordinación con la Presidencia del Grupo de Trabajo, llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto.

Instalación


El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo a que se refiere el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial.

Financiamiento


La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados y de las instituciones privadas que la conforman, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los profesionales señalados en el numeral 3.1 del artículo 3, asumen los gastos que pudiera generar su participación en el Grupo de Trabajo.

La norma lleva la rúbrica del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Wilder Sifuentes Quilcate.

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(FIN) NDP / MDV 

Publicado: 22/3/2026