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Covid-19: destinan S/ 88 mills. para la implementación de centros de alto flujo

Norma fue publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano

Foto: ANDINA/difusión.

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07:57 | Lima, may. 20.

El Gobierno autorizó una transferencia de 88 millones de soles para que el Ministerio de Salud (Minsa) puede adquirir los equipos necesarios para la implementación de centros de alto flujo (CAF), a fin de ampliar la oferta de servicio de salud durante la emergencia sanitaria por el covid-19.

Así lo establece el Decreto de Urgencia 047-2021, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, que tiene por objeto establecer medidas extraordinarias y urgentes en materia económica que permitan fortalecer los establecimientos de salud de Lima y regiones, mediante la implementación de los CAF, con la finalidad de descongestionar las unidades de cuidados intensivos de los diversos hospitales durante la emergencia sanitaria del covid-19.

Dicha transferencia permitirá financiar la adquisición de equipamiento biomédico, equipos de oxigenoterapia de alto flujo, plantas de oxígeno medicinal, dispositivos individuales, sistema de respaldo de energía y otros dispositivos de abastecimiento; así como servicios necesarios para la implementación de los CAF, con cargo a los recursos de la reserva de contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Los CAF son todas las formas de acondicionamiento en ambientes de hospitalización temporal del segundo y tercer nivel de atención que permitan la prestación de servicios de oxigenoterapia de alto flujo a pacientes con covid-19 que presenten casos leves a moderados, que reúnan las condiciones de seguridad y bioseguridad para los pacientes y personal asistencial.

La norma autoriza al Minsa efectuar las contrataciones para la adquisición de dichos equipamientos en un plazo máximo de 45 días hábiles, cuyo inicio se computa de acuerdo a lo previsto en el reglamento de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

Asimismo, se autoriza al Minsa para que, de manera excepcional y en función a las necesidades, entregue dicho equipamiento a las entidades del sector Salud y a los gobiernos regionales a cargo de los establecimientos de salud de destino. 

Para tal efecto, el Minsa suscribe la correspondiente acta de entrega y recepción de bienes muebles, por el plazo que dure el estado de emergencia o por el plazo que se consigne en dicho instrumento.

En la referida acta se deben indicar los compromisos que son asumidos por las partes respecto de la integridad y el uso adecuado del bien, así como de devolución de los bienes en las mismas condiciones en las que fueron recibidos, sin más desgaste que el de su uso ordinario.

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Publicado: 20/5/2021