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Coronavirus: ¿Qué dice el proyecto del Ejecutivo sobre delegación de facultades?

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10:35 | Lima, mar. 26.

Andina, información oficial sobre el coronavirus

El Poder Ejecutivo solicitó al Congreso facultades para legislar por un plazo de 60 días calendario sobre diversas materias con la finalidad de atender la emergencia nacional a consecuencia de la pandemia del coronavirus (covid-19). Conozca qué dice la propuesta enviada al parlamento para su análisis y aprobación.

De acuerdo a la iniciativa del Poder Ejecutivo la delegación de facultades para legislar se harán sobre las siguientes materias: salud, política fiscal y tributaria, promoción de la inversión pública, seguridad ciudadana y orden interno, trabajo y promoción del empleo y educación.

También en prevención y protección de las personas en situación de vulnerabilidad, en bienes y servicios para la población, en protección a los sectores productivos, extractivos y de servicios, en promoción cultural y de turismo y en control para que la Contraloría pueda aplicar el control concurrente.



1) Salud: el Ejecutivo podrá dictar medidas que permitan la adecuada y plena prestación de los servicios de salud, así como reorganizarlos. Todo en el marco de la emergencia sanitaria.

2) Política fiscal y tributaria: podrá establecer medidas para la reactivación económica nacional y suspender temporalmente reglas fiscales vigentes. Asimismo, facilitar el pago de las deudas tributarias, modificar la legislación tributaria del Impuesto a la Renta en ciertos procedimientos, entre otros.

3) Promoción de la inversión pública: Para reactivar la inversión privada y público privada a través de mecanismos que faciliten los procedimientos administrativos ligados a títulos habilitantes; y para que el Estado brinde los servicios públicos de manera oportuna a la población a través de mecanismos que permitan que las entidades públicas ejecuten sus inversiones de manera más eficiente.

4) Seguridad ciudadana y orden interno: para establecer las medidas que regulen las acciones de la Policía Nacional del Perú, en coordinación con las Fuerzas Armadas, durante la vigencia de la emergencia sanitaria.

5) Trabajo y promoción del empleo: con la finalidad de garantizar y fiscalizar la protección de los derechos socio laborales de los trabajadores en el marco de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19.

6) Educación: podrá aprobar medidas orientadas a garantizar la continuidad y calidad de la prestación de los servicios de educación en todos los niveles, en el marco de la emergencia sanitaria

7) Prevención y protección de las personas en situación de vulnerabilidad: para dictar medidas en favor de diversas poblaciones vulnerables que permitan proteger su salud y seguridad, así como establecer programas, acciones y mecanismos que permitan su atención y facilitar la asistencia alimentaria, durante el estado de emergencia sanitaria.

8) Bienes y servicios para la población: para garantizar la prestación de los servicios públicos y esenciales, así como los derechos de los consumidores y usuarios, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria, la reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios y la preservación del patrimonio cultural de la nación.

9) Protección a los sectores productivos, extractivos y de servicios: con el objeto de dictar medidas que reactiven y promuevan la agricultura y riego, pesca, minería, industria y otros afines, así como las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas.

10) Promoción cultural y de turismo y fomento de la libre competencia y el correcto funcionamiento del mercado: podrá protección del derecho de los consumidores y el sistema concursal a fin de dictar medidas para amortiguar el impacto y promover la reactivación económica en estas actividades en el contexto del estado de emergencia sanitaria.

11) Control: con la finalidad de que la Contraloria General de la República pueda aplicar el control concurrente y posterior a las adquisiciones e inversiones que se vienen realizando, así como a toda acción que se venga implementando en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

(FIN) SRE/CVC

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Publicado: 26/3/2020