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Contraloría presenta proyecto para sancionar infracciones funcionales

Incorpora estos actos en legislación vigente, calificándolas como graves o muy graves

ANDINA/Difusión

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19:29 | Lima, ago. 19.

La Contraloría General de la República presento ante el Congreso un proyecto de ley a fin de incorporar en el ordenamiento legal vigente conductas dentro de la función pública que, por resultar infractoras, puedan ser sancionadas por esa entidad.

Se busca con ello fortalecer la lucha contra la corrupción que la Controlaría desarrolla “y adaptarse a los estándares que ha fijado el Tribunal Constitucional” en ese ámbito, a través de una sentencia en el año 2015.

En tal sentido, este proyecto establece darle rango de ley a la descripción de conductas infractoras referidas a responsabilidades administrativas funcionales. Estas consisten en trasgredir deberes funcionales, generando perjuicio a los intereses del Estado. 
La especificación de estas conductas implica modificar los artículos 42 y 46 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (Ley 27785).

Infracciones específicas
En ese sentido, se indica que constituye una infracción pasible de ser sancionada por la Contraloría “la omisión en la presentación o remisión de la documentación, los registros y/o la información, sea esta masiva o no, según el requerimiento efectuado por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control; o, su ejecución en forma deficiente o inoportuna”.

En cuanto a las conductas infractoras también sancionables por el referido organismo, se incluye la incorporación o contratación de personas con impedimento para acceder a dicho cargo, o que incumplan con el perfil o los requisitos fijados para ello. Esto se califica como infracción grave o muy grave.

También se considera en ese rubro el incumplimiento de funciones que propicie retraso o paralización de una inversión durante su ejecución. Infracción grave o muy grave también será incumplir funciones propias de un coordinador, supervisor, inspector, proyectista o residente en el desarrollo de obras por administración directa, afectando el alcance o tiempo de duración de estas. 


Conducir un proceso de selección incumpliendo la normativa de contratación y propiciando una adjudicación u otorgamiento irregular de la buena pro, también será considerado infracción grave o muy grave; al igual que elaborar, aprobar o modificar documentación sobre requisitos, términos o condiciones para contrataciones, incumpliendo disposiciones normativas.

Finalmente, la Contraloría podrá sancionar como infracción grave o muy grave incumplir injustificadamente funciones vinculadas al proceso de transferencia de gestión, dando lugar a que no se inicie o culmine dicho proceso o a que se realice con documentación o información incompleta o inexacta. 

(FIN) FGM

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Publicado: 19/8/2023