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Conoce la propuesta del bono de arrendamiento de vivienda para emergencias

Poder Ejecutivo remitió proyecto de ley al Congreso de la República

Foto: ANDINA/archivo.

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09:37 | Lima, jun. 25.

El Poder Ejecutivo planteó la creación del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias como un mecanismo de atención temporal al damnificado a consecuencia de desastres ocasionados por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana.

El bono es para la atención del damnificado cuya vivienda resulte colapsada o inhabitable y que se encuentre comprendida dentro del ámbito de una zona declarada en estado de emergencia por decreto supremo, según el proyecto de ley remitido al Congreso.

La bonificación para el arrendamiento de una vivienda tiene el valor de S/ 500, se otorga con periodicidad mensual y por un plazo máximo de hasta dos años. 

La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU) del de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), valida la información respecto del damnificado con vivienda colapsada o inhabitable.


El potencial beneficiario del bono de arrendamiento presenta su solicitud ante el gobierno local distrital o el centro de atención al ciudadano del MVCS, los que trasladan las solicitudes a la DGPPVU. 

En caso el potencial beneficiario sea un grupo familiar, la solicitud es presentada por su representante conforme a lo dispuesto en el reglamento de la ley. En dicha solicitud se indica la dirección de la vivienda a ser arrendada y el nombre del arrendador, asimismo se acompaña una declaración jurada indicando que no cuenta con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable. 

La iniciativa del Poder Ejecutivo precisa que el bono de arrendamiento no genera derecho para una solución de vivienda definitiva.

Asimismo, se establece que el arrendatario o guardián de la vivienda colapsada o inhabitable no es beneficiario de la bonificación.

(FIN) RMCH/JCC
GRM

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Publicado: 25/6/2022