Este domingo son los comicios para elegir presidente, vicepresidentes y congresistas, pero los ciudadanos pueden enfrentar situaciones que les impidan votar. Conozca a continuación las causales para tramitar una justificación y dispensa.
La justificación tiene que ver con la exoneración de la deuda electoral generada por no haber instalado la mesa, mientras que la dispensa está vinculada con emisión del voto el sufragio, precisa el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Lo primero, según Luis Grillo, jefe de Servicios al Ciudadano del JNE, se puede dar a gestantes o madres con hijos menores de dos años.
"Aplica una justificación por lactancia. Corresponde allí traer el DNI o partida del hijo que evidencia menos de dos años y traer ella su DNI vigente, y el voucher de pago de 20.81 soles por el trámite", detalló el funcionario.
En el caso de dispensa por no votar, agregó, figuran las causales por viaje internacionales de estudio o tratamiento de salud.
"Solo se considera viajes internacionales y no dentro del país porque la Constitución dice que el voto es obligatorio y el empleador debe brindar las facilidades para que el empleado ejerza su derecho a votar", añadió.
En dispensa también se puede argumentar un tema de salud, con documentación que constate que el ciudadano no pudo sufragar por una cuestión física o mental, operación, convalecencia o descanso médico.
"Las fechas, en ese caso, deben cruzar el día de las elecciones, lo decimos porque antes se han dado casos de personas que presentaban documentos de operaciones hechas cuatro meses antes del proceso electoral", dijo.
De igual forma figura la causal por desastre natural, en la cual se solicita que una autoridad local envíe el documento adjuntando fotos u otras evidencias de una situación que impidió sufragar al poblador.
"Por ejemplo, si en una localidad amazónica se cae el puente para cruzar el río y llegar al local de votación corresponde que el alcalde o juez de paz envíen el documento de respaldo para la dispensa", indicó Grillo.
El funcionario recomendó a los ciudadanos que se vean en estas situaciones tramitar cuanto antes su justificación o dispensa.
(FIN) VVS/CCR
Publicado: 5/4/2016